Marco Integral de la Prevención de Riesgos Laborales: Principios, Estructura y Auditoría
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Principios Fundamentales de la Acción Preventiva
La acción preventiva se rige por los siguientes principios esenciales, destinados a garantizar la seguridad y salud de los trabajadores:
- Evitar los riesgos.
- Evaluar los riesgos que no pueden ser evitados.
- Adaptar el trabajo a la persona, especialmente en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción.
- Planificar la prevención, integrando la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.
- Combatir los riesgos en su diseño y en el origen.
- Tener en cuenta la evolución de las técnicas.
- Sustituir lo peligroso por lo que suponga poco o ningún peligro.
- Anteponer la protección colectiva frente a la individual mediante la adopción de determinadas medidas.
- Dar las instrucciones necesarias a los trabajadores.
Documentación Obligatoria en Prevención de Riesgos
La empresa debe disponer y mantener actualizada la siguiente documentación:
- Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
- Evaluación de los riesgos para la seguridad y salud en el trabajo.
- Realización de controles de salud de los trabajadores.
- Planificación de la actividad preventiva.
- Relación de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (AT y EEPP).
El Servicio de Prevención (SP)
Cuando no es suficiente con designar uno o varios trabajadores para las actividades de prevención, el empresario puede designar servicios propios o ajenos a la empresa. Los Servicios de Prevención son el conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas que garanticen la seguridad y salud de los trabajadores de la empresa.
Responsabilidades y Competencias en Prevención
Responsabilidades del Técnico de Prevención
El técnico de prevención tiene las siguientes responsabilidades clave:
- Diseñar y aplicar un Plan de Prevención de los riesgos laborales existentes.
- Evaluar los factores que puedan afectar a los trabajadores en cuanto a la seguridad y salud se refiere.
- Planificar la actividad preventiva.
- Prestar primeros auxilios y gestionar planes de emergencia.
- Vigilar la salud de los trabajadores.
- Formar e informar a los trabajadores.
Competencias de los Delegados de Prevención
Los Delegados de Prevención (DP) son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo:
- Colaborar con la dirección de la empresa para mejorar la actividad preventiva.
- Fomentar la cooperación de los trabajadores en la ejecución del Plan de Riesgos Laborales.
- Ser consultados por el empresario acerca de las decisiones que se tomen en la planificación y organización de la prevención.
Comité de Seguridad y Salud (CSS)
El Comité de Seguridad y Salud se encarga de la consulta periódica y regular de las actuaciones preventivas sobre riesgos que tienen lugar en la empresa. Es obligatorio en todas las empresas que tengan 50 o más trabajadores.
- Composición: Está formado por los Delegados de Prevención y el empresario o sus representantes, debiendo estar en el mismo número.
- Reuniones: Este comité se reunirá trimestralmente, debiendo levantar un acta de lo sucedido en cada sesión.
Tipos de Servicios de Prevención
Servicio de Prevención Propio
Será necesario constituir un Servicio de Prevención Propio cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:
- Empresas con más de 500 trabajadores.
- Empresas entre 250 y 500 trabajadores que desarrollen actividades incluidas en el Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención.
- Cuando un informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) así lo decida.
Servicios de Prevención Mancomunados
Estos servicios pueden formarse cuando varias empresas desarrollen a la vez actividades en un mismo centro de trabajo. Deben constituir al menos tres especialidades preventivas y fomentar la cooperación entre las empresas asociadas.
Auditoría del Sistema de Prevención
Las auditorías son evaluaciones externas que se efectúan cuando en una empresa se tienen que realizar medidas preventivas para evitar o disminuir los riesgos que hayan surgido en la evaluación de riesgos. El auditor solicita todos los documentos, incluso aquellos que no se consideren los más importantes, y comprueba que la empresa está cumpliendo la Ley de Prevención.
El objetivo de la auditoría es reflejar la imagen fiel del sistema de prevención de la empresa y detectar las deficiencias que puedan provocar un incumplimiento de la normativa.
Frecuencia de la Auditoría
- La primera auditoría debe realizarse a los 12 meses de disponer de la planificación de la actividad preventiva.
- Posteriormente, se repite cada 4 años, excepto para las actividades incluidas en el Anexo I, que deben auditarse cada 2 años.
Informe de Auditoría
Los resultados de la auditoría quedan reflejados en un informe que debe estar a disposición de la autoridad laboral. Este informe debe contener, al menos, la siguiente información:
- Identificación de la persona y el equipo auditor.
- Identificación de la empresa auditada.
- Alcance y motivo de la auditoría.
- Fecha de emisión.
- Documentos de los que se ha ayudado la auditoría (documentación consultada).
- Descripción de los métodos empleados para realizarla.
- Descripción de los elementos auditados y resultado.
- Conclusiones sobre las medidas de prevención establecidas por el empresario.
- Firma de la persona o entidad auditora.