Manual sobre Regímenes, Entidades y Gestión de la Seguridad Social

Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en con un tamaño de 4,41 KB

Regímenes de la Seguridad Social

  • Régimen General: Incluye a trabajadores por cuenta ajena, artistas, toreros, jugadores profesionales de fútbol y baloncesto, trabajadores ferroviarios, representantes de comercio, ciclistas profesionales, empleados de hogar y trabajadores agrícolas.
  • Regímenes Especiales: Trabajadores por cuenta propia (autónomos), régimen especial agrario, régimen especial de la minería y del carbón, trabajadores del mar, socios trabajadores de cooperativas de producción, estudiantes y funcionarios públicos.

Entidades y Organismos Gestores

  • INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social): Se encarga de la gestión y administración de las prestaciones económicas del sistema, así como del reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria.
  • INGESA (Instituto Nacional de Gestión Sanitaria): Sustituye al antiguo INSALUD y mantiene competencias solo para las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
  • IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales).
  • ISM (Instituto Social de la Marina).

Entidades Comunes

  • Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS): Unifica todos los recursos económicos del sistema. Tiene competencias en inscripción de empresas, afiliación de trabajadores, gestión y control de las cotizaciones, recaudación de cuotas y demás recursos de financiación.
  • Gerencia Informática: Controla y coordina los servicios informáticos del sistema de Seguridad Social.

Entidades Colaboradoras

Colaboración de las empresas

  • Colaboración obligatoria: Prestaciones obligatorias como la incapacidad temporal (salvo maternidad y riesgo durante el embarazo).
  • Colaboración voluntaria: Seguros privados, complementos e incapacidad temporal.

Colaboración de las Mutuas (MATEP)

Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional se encargan de:

  • El coste de las prestaciones derivado de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • El mantenimiento de servicios sociales comunes.
  • La prevención de riesgos laborales.

Entidades Autónomas

  • SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal): Gestión de las prestaciones por desempleo, estudio del mercado de trabajo y registro público de ofertas, demandas y contratos (plazo de 10 días para comunicar).
  • INSST (Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo): Estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas.

Acción Protectora

  • Contributiva: Dirigida a trabajadores y familiares cercanos que acrediten un periodo mínimo de cotización. Financiada mediante aportaciones de empresa y trabajadores.
  • No contributiva: Para personas que no han cotizado o no alcanzan los periodos mínimos. Financiada a través de los Presupuestos Generales del Estado.

Tipos de acción protectora

  • Naturaleza no económica: Asistencia sanitaria, prestaciones farmacéuticas y servicios sociales.
  • Naturaleza económica: Subsidios, indemnizaciones y pensiones.

Gestión de Altas y Bajas

Alta del empresario

  • Alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas).
  • Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Las bajas deben presentarse dentro de los 3 días naturales siguientes.
  • Afiliación inicial: Número de afiliación único y vitalicio.

Alta de la empresa

Para contratar trabajadores, se debe:

  • Darse de alta en una Mutua de Accidentes de Trabajo.
  • Inscribir a la empresa en la Seguridad Social para obtener el Código de Cuenta de Cotización (CCC).
  • Comunicar la apertura del centro de trabajo.
  • Guardar la documentación durante 5 años.

Alta de trabajadores

  • Si no tiene afiliación, se debe realizar previamente.
  • La comunicación del alta se realiza con anterioridad al inicio de la prestación del servicio.
  • Las bajas se presentarán dentro de los 3 días naturales siguientes a la finalización.

Entradas relacionadas: