Manual sobre Organización Estatal, Autonómica y Local

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Poderes del Estado

  • Poder Legislativo: Función encargada de elaborar, debatir y aprobar normas de carácter general. Lo ejercen las Cortes Generales (estatal) y los parlamentos autonómicos. Fija el marco jurídico.
  • Poder Ejecutivo: Encargado de ejecutar políticas públicas, administrar recursos y dictar actos administrativos. Lo ejercen el Gobierno central, los Consejos de Gobierno autonómicos y los Ayuntamientos.
  • Poder Judicial: Función encargada de aplicar el Derecho, resolver controversias y controlar la legalidad de los actos de la Administración Pública mediante los tribunales.

Relación entre los poderes

La Constitución organiza la separación y el equilibrio entre estas funciones. Existen mecanismos de control recíproco para evitar abusos de poder, como la responsabilidad política del Gobierno ante el parlamento y el control jurisdiccional de los tribunales.

Principios del Derecho Administrativo y Jerarquía Normativa

Jerarquía normativa

Establece un orden de prevalencia: la Constitución es la norma suprema, seguida por la Ley (estatal y autonómica) y, finalmente, los Reglamentos dictados por el Ejecutivo.

Principios fundamentales

  • Principio de legalidad: Todo acto administrativo debe tener fundamento jurídico.
  • Principio de objetividad: Decisiones basadas en criterios técnicos y motivados.
  • Principio del interés general: Persecución del bien común.
  • Principio de eficacia: Búsqueda de resultados útiles y eficientes.
  • Principio de proporcionalidad: Medidas adecuadas y necesarias al fin perseguido.
  • Principio de igualdad: Trato igualitario en situaciones equivalentes.

Aplicación de las normas según competencia

  • Estado: Establece la legislación básica y competencias exclusivas.
  • Comunidad Autónoma: Desarrolla y ejecuta competencias transferidas (sanidad, educación, urbanismo).
  • Administración Local: Gestiona servicios municipales (limpieza, transporte, licencias).

Administraciones especializadas

Entidades del sector público institucional (organismos, agencias, consorcios) reguladas por la Ley 40/2015. Ejemplos clave:

  • SEPE (Estatal): Gestión de prestaciones por desempleo.
  • SAE (Autonómico): Programas de empleo y formación.
  • AEAT (Estatal): Gestión y recaudación tributaria.
  • SAS (Autonómico): Gestión de la sanidad pública.

Caso práctico: Procedimiento sancionador

  1. Inicio y notificación: Recepción de la denuncia con hechos y sanción propuesta.
  2. Plazo de alegaciones: Periodo para presentar pruebas o pago voluntario con reducción.
  3. Instrucción: Práctica de pruebas (informes, certificados de calibración).
  4. Propuesta de resolución: Trámite de audiencia para alegaciones finales.
  5. Resolución administrativa: Acto motivado que impone la sanción.
  6. Recursos: Reposición (administrativo) o Contencioso-administrativo (judicial).
  7. Silencio administrativo y tutela judicial: Posibilidad de acudir a los tribunales si no hay respuesta en plazo.
  8. Suspensión cautelar: Solicitud de paralización de la sanción durante el proceso judicial.

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