Lopa vigente

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2: Eficacia, aplicación e interpretación de la norma jurídica. 

Eficacia de la norma jurídica:


1

-Comienzo de vigencia de las normas

Entrada en vigor. La vigencia es el momento a partir del cual la norma puede aplicarse deben producirse varios hechos anteriores: 

-Que la norma haya sido aprobada, corresponde este poder al Parlamento del Estado o los parlamentos del CC.AA -Que la norma haya sido publicada, principio de publicación de las normas: la ley tiene que haber sido publicada en el Boletín Oficial para que los ciudadanos a los que va dirigida tengan la posibilidad de conocer dicha ley. - Que la norma haya empezado a regir. Sí la ley no dice cuando entra en vigor a los 20 días. Este periodo que va desde la publicación hasta la entrada en vigor se denomina "vacación de la ley" y su objetivo es que durante ese periodo los destinatarios de la norma puedan conocerla y adaptarse a sus exigencias.

2
- Fin de la vigencia de la norma→ la derogación.

Hablamos de derogación cuando la ley deja de estar vigente. -Derogación expresa: se produce porque una ley posterior lo establece expresamente. -Derogación tácita se produce porque la ley posterior es incompatible con la anterior. Artículo 2.2 CC→ las leyes solo se derogan por otras posteriores.

3-Retroactividad de las normas :

La norma puede establecer que se aplica a situaciones anteriores al momento de entrada en vigor.Artículo 2.3 cc→ las normas no tendrán efecto retroactivo salvo que digan lo contrario por tanto como norma general tienen efectos irretroactivo. 

Aplicación de la norma jurídica:


-

Analogía

Lagunas de ley: casos o problemas de la sociedad que no están regulados en ninguna norma concreta los jueces y tribunales de justicia tienen el deber de resolver en todo caso los asuntos de que conozcan conforme al derecho vigente. La analogía consiste en comprobar si el derecho regula un caso muy parecido al regulado. Procederá la aplicación analógica de las normas cuando estás no contemplen un supuesto específico pero regulen otro semejante.

-

Equidad

Búsqueda de justicia, el aplicador del derecho está vinculado a la ley y no puede dejar de aplicarla por muy injusta que le parezca. No pueden basarse solo en la equidad salvo que la ley expresamente lo permita.

Infracción de la norma jurídica


La consecuencia del incumplimiento de las normas son sanciones. Algunas sanciones van destinadas a reafirmar la eficacia de la norma incumplida, otras tienen como finalidad castigar al infractor, otras pretenden imponer el cumplimiento de la norma forzosa...Etc

-Infracción directa: incumplir una norma de forma evidente.

-Fraude de ley: incumplir normas de forma sutil.

Interpretación de la norma jurídica


.Artículo 3.1 CC→ criterios generales de interpretación:

-Criterio literal: sentido propio de la palabra.

-Criterio sistemático: las normas forman parte de un todo.

-Criterio histórico: la norma puede tener unos antecedentes remotos.

-Criterio sociológico: adopta la norma a las nuevas realidades sociales. Este margen de flexibilidad ha de ser utilizado con precaución pues el intérprete no puede convertirse en legislador. 

-Criterio teológico: debe ser interpretada de manera que más favorezca dicho interés al protegido.

-Criterio lógico: ande excluirse interpretaciones ilógicas y absurdas. 

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