Lógica Jurídica: Falacias de Ambigüedad y Clasificación de Conceptos Legales

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Falacia de composición

Se comete cuando se afirma de cosas reunidas lo que solo es verdadero cuando ellas están separadas. Por ejemplo:

  • El número 7 consta de 2 más 5.
  • Estos números son par e impar.
  • Luego: el número 7 es par e impar.

Falacia de la división

Esta tiene lugar cuando se atribuyen por separado atributos que solo unidos pueden convenir. Por ejemplo:

Si un bosque de pinos da sombra espesa, cada uno de los pinos dará sombra espesa.

Nota: La falacia es el razonamiento que parece correcto pero resulta falso cuando se le analiza cuidadosamente; por lo tanto, debemos estar seguros de la corrección de un razonamiento incluso cuando tanto sus premisas como su conclusión son verdaderas.

Para cuidarnos de ser engañados por cualquier falacia de atinencia, la mejor recomendación es el profundo estudio de nuestro lenguaje, consultando permanentemente la gramática.

Si se trata de las falacias no formales de ambigüedad, recordemos que las palabras en su mayoría tienen varios sentidos o significados. Para evitar caer en el error, la mejor de las reglas es tener un conocimiento cabal de los términos que usamos, ya que el falaz y resbaladizo cambio de significado dado por el interesado convertirá un razonamiento verdadero en una falacia; por eso debemos estar atentos a los términos ambiguos.

Conceptos Jurídicos

Concepto Jurídico

Es la representación general y abstracta del derecho, bien sea de hechos estrictamente jurídicos o de hechos extrajurídicos que tengan relevancia jurídica en virtud de la ley. Cuando hablamos de hechos extrajurídicos, nos referimos, por ejemplo, a una inundación: es un hecho extrajurídico, pero puede traer consecuencias jurídicas como la muerte o la activación de un seguro, entre otros.

Cómo se forma un concepto

Se abstraen las características comunes de la cosa y luego, por un procedimiento sintético, se piensa en el concepto adecuado para todas las cosas iguales o similares.

Nota: No es lo mismo la imagen de un objeto que el concepto de un objeto. El concepto de un objeto vale para todos los objetos de la misma especie, mientras que la imagen del objeto es una representación concreta de un objeto determinado.

Clases de conceptos jurídicos

  • Conceptos jurídicos vulgares

    Son los extraídos de la experiencia, que por sí solos no son estrictamente jurídicos, pero sí pueden generar consecuencias jurídicas (como bosque, río, animal, etc.). Se manejan dentro de la técnica jurídica porque pueden tener relevancia jurídica. Por ejemplo, una plaza pública, un río o un árbol; en el caso de la plaza pública, ella por sí sola no origina ninguna consecuencia jurídica, pero si algún ciudadano decide construir una casa al lado de la estatua de Simón Bolívar, es lógico que eso traiga consecuencias legales.

  • Conceptos jurídicos en sentido estricto

    • Conceptos jurídicos fundamentales: Es decir, todo lo que es el derecho in genere. También son conceptos jurídicos el sujeto de derecho, el objeto de derecho y la situación jurídica. Estos son propios de la disciplina y son indispensables para aplicar la norma jurídica.
    • Conceptos jurídicos derivados o subordinados: Son creaciones de la técnica jurídica y conceptos extraídos de la experiencia; por ejemplo, la hipoteca. Se dice que son subordinados o derivados porque se originan de otros conceptos. En el caso de la hipoteca, no se puede decir de buenas a primeras "voy a hipotecar"; primero tendría que existir un crédito en el cual la hipoteca sobre determinado bien es la garantía en caso de incumplimiento. Para que se establezca una hipoteca, debe existir un acto jurídico anterior (el crédito). Por ello se llaman derivados, pues provienen de instituciones jurídicas previas.

Por ejemplo: El concepto de derecho es un concepto a priori respecto de la experiencia jurídica. Para poder saber qué es lo que hay de jurídico en la vida social, debemos tener previamente un concepto de lo jurídico.

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