Liquidaciones y Finiquitos según la Ley Federal del Trabajo en México

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Renuncia Voluntaria

A) Menos de 15 años de antigüedad

  • Prestaciones proporcionales (SB)
  • Salarios devengados (SB)

Prescripción: 1 año

B) Más de 15 años de antigüedad

  • Prima de antigüedad (SM)
  • Prestaciones proporcionales (SB)
  • Salarios devengados (SB)

Prescripción: 1 año

Despido Justificado

  • Prima de antigüedad (SM)
  • Prestaciones proporcionales (SB)
  • Salarios devengados (SB)

Prescripción: 2 meses

Despido Injustificado

I. Indemnización

  1. Indemnización constitucional (SI)
  2. Salarios caídos (SI)
  3. Prima de antigüedad (SM)
  4. Prestaciones proporcionales (SB)
  5. Salarios devengados (SB)

Prescripción: 2 meses

II. Reinstalación

  1. Reinstalación
  2. Salarios caídos (SI)
  3. Prestaciones proporcionales (SB)
  4. Salarios devengados (SB)

Prescripción: 2 meses

Separación Justificada (Art. 51)

  1. Indemnización constitucional, 3 meses (SI)
  2. 20 días por año (SI)
  3. Prima de antigüedad (SM)
  4. Salarios caídos (SI)
  5. Prestaciones proporcionales (SB)
  6. Salarios devengados (SB)

Prescripción: 1 mes

Terminación Individual (Art. 53)

A) Muerte natural

  • Prima de antigüedad (SM)
  • Prestaciones proporcionales (SB)
  • Salarios devengados (SB)

Prescripción: 1 año

B) Muerte profesional (F. II)

  • Prima de antigüedad (SM)
  • Salarios devengados (SB)
  • Prestaciones proporcionales (SB)
  • 2 meses de gastos funerarios (SM)
  • 5 mil días de salario si no está afiliado al Seguro Social (SM)

Prescripción: 1 año

C) Terminación de la obra (F. III)

  • Prestaciones proporcionales (SB)
  • Salarios devengados (SB)

D) Incapacidad física o mental, riesgo no profesional (F. IV)

  • 1 mes de indemnización (SI)
  • Prima de antigüedad (SM)
  • Prestaciones proporcionales (SB)
  • Salarios devengados (SB)

Prescripción: 1 año

E) Empleo compatible de acuerdo a sus capacidades

  • Prestaciones proporcionales (SB)
  • Salarios devengados (SB)

Prescripción: 1 año. OJO: Conforme a jurisprudencia, se recomienda considerar 2 meses.

Terminación Colectiva

A) Cierre de empresas o establecimientos, reducción de trabajos (Art. 433)

  • Prima de antigüedad (SM)
  • Prestaciones proporcionales (SB)
  • Salarios devengados (SB)
  • Indemnización constitucional, 3 meses (SI)

B) Modernización de la empresa (Art. 439)

  • 4 meses de indemnización (SI)
  • 20 días por año (SI)
  • Prima de antigüedad (SM)
  • Salarios caídos (SI)
  • Prestaciones proporcionales (SB)
  • Salarios devengados (SB)

Prescripción: 2 meses

Suspensión Colectiva

A) Art. 427

Hasta 1 mes, a través de convenio o decisión de la JCA (Junta de Conciliación y Arbitraje).

Prescripción: 1 año

B) Art. 429 F. IV

1 día de SMG (Salario Mínimo General) hasta por un mes.

Prescripción: 1 año


Glosario de Salarios

  • SI: Salario Integrado
  • SB: Salario Base
  • SM: Salario Máximo

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