Libertad de empresa en los convenios o pactos internacionales" "libertad de empresa en los convenios o pactos internacionales" libertad de empresa

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2.3 CONTENIDO DE LOS CC: CLAUSULAS. 2.3.1CLAUSULAS NORMATIVAS


1)Destinatarios: Trabajadores y empresarios comprendidos dentro del amito del convenio.
2)Finalidad: Es la regulación general de las materias de índole económica, Laboral y sindical que afecten a las condiciones de empleo y a las Relaciones de trabajo incluidas en su ámbito. 3)Vigencia: Eficacia prorrogada una vez concluida la duración pactada, hasta La firma de un nuevo convenio, como máximo un año tras la Denuncia, tras el cual se aplicara el CC de ámbito superior. (Ultraactividad’’, art. 86.3. ET). 4)Incumplimiento: Constituye infracción administrativa. (Art. 5. LISOS). 5)Regulan: -Condiciones de trabajo y productividad: salario, horario, jornada, Clasificación profesional, etc. -Condiciones de empleo: Indemnización al termino de contratos temporales, contratación a Través de ETT, etc. -Relaciones colectivas de trabajo: Funcionamiento de secciones sindicales, actividad de la Representación unitaria, etc. -Seguridad Social complementaria (mejoras voluntarias).

2.3.2CLAUSULAS OBLIGACIONALES

1)Destinatarios: Directos son exclusivamente las partes negociadoras, imponiéndoles Obligaciones concretas o particulares. 2)Finalidad: Regulan clausulas de paz (Obligación de NO convocar huelga u otras Medidas de conflicto colectivo) y la obligación de revisar Determinadas condiciones al cabo de cierto tiempo. 3)Vigencia: Pierden vigencia una vez denunciado el convenio, carecen de Eficacia prorrogada, salvo pacto en contrario. 4)Incumplimiento: No constituye infracción administrativa.

2.3.3 CONTENIDO DE LOS CC OTROS TIPOS DE CLAUSULAS

A)Clausulas De encuadramiento: -Delimitación de las partes firmantes. -Delimitación del ámbito personal/funcional/territorial del Convenio. -Duración, vigencia y denuncia (Forma,

 condiciones, Plazo de preaviso) del Convenio. B)Clausulas de gestión: -Se Ocupan de la aplicación del lo pactado. -Comisión paritaria. 

2.4DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS. En convenios generales y acuerdos Interprofesionales:

-Estructura Y proceso de negociación colectiva (Competencia exclusiva). -Resolución de controversias colectivas de aplicación e Interpretación de convenios (Competencia preferente). -Regulación Conjunta sobre ‘’materias concretas’’ para todos los Sectores, que sean de interés común para el conjunto de los Trabajadores o para amplios sectores de la población laboral.

Convenios Colectivos de sector:

-Periodo De prueba, modalidades de contratación, grupos profesionales, Régimen disciplinario, seguridad e higiene, movilidad geográfica. (Convenios estatales). -Remisiones legales concretas del ET en Materia de modalidades de contrato o contratos temporales (La Mayoría de las veces la remisión es a convenios estatales o, en Su defecto, a los de ámbito inferior. -Condiciones y Procedimientos para la inaplicación del convenio, o descuelgue.

Convenios De empresa, grupos de empresa o pluralidad de empresas vinculadas Por razones organizativas o productivas:

Debemos Tener en cuenta el principio de prioridad aplicativa, con Fundamento en el art. 38 de la CE, que implica la preferencia en Caso de concurrencia con un CC de ámbito superior en las Principales materias de la NC:1.Cuantía de las retribuciones. 2.Abono o compensación de HE. 3.Horario y distribución del tiempo De trabajo y vacaciones. 4.Adaptación del sistema de clasificación Profesional. 5,.Adaptación de modalidades de contratación. 6.Medidas para favorecer la conciliación entre la vida laboral, Personal y familiar. 7.Aquellas otras que se acuerden en CC o Pactos conforme al ET. 

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