Ley de procedimiento administrativo

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1. Concepto de los contratos del Sector público:


Los contratos Onerosos, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, que celebren los entes, organismos Y entidades públicos de la Administración Estatal, Autonómica y Local, así como Los contratos subvencionados por estos entes.

2. Regularización legal:

Es el Real Decreto Legislativo 3/2011 que se aprueba el texto refundido por la Ley de los Contratos del Sector Público, junto con el Real Decreto 1098/2001, por el que Se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

3. Contratos excluidos

La Relación de servicio de los funcionarios públicos y los contratos regulados en La legislación laboral, las relaciones jurídicas consistentes en la prestación De un servicio público cuya utilización por los usuarios requiera el abono de Una tarifa, tasa o precio público, los contratos relativos a servicios  de arbitraje y conciliación.

4.Principios aplicables a la contratación pública

Libertad de acceso a las licitaciones/
Publicidad Y transparencia de los procedimientos.

/

No discriminación de trato entre los candidatos.

5. Elementos personales:

La Administración presentada por el órgano de contratación y el contratista Privado.

6. Órgano de contratación:

Puede ser unipersonal o colegiado y celebrar Contratos en su nombre y de designar un responsable en el contrato.

7.Contratista:

Las Personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena Capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y Acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o se Encuentren debidamente clasificadas.

8.Prohibiciones Para contratar:

La Ley de Contratos Establece múltiples prohibiciones, impedirán contratar con la Administración. Ejemplo: haber sido condenada mediante sentencia firme por determinados Delitos, haber sido declarada en curso haber sido declarado insolvente, no Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad.

9. Solvencia:

Los empresarios deberán acreditar estar en posesión De las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o Técnica. Este requisito será sustituido por el de la clasificación, cuando esta Sea exigible conforme a lo dispuesto en la ley.

10. Clasificación de empresas

Para contratar contratos de obras de Importe igual o superior a 500.000€ es requisito indispensable que el Empresario se encuentre clasificado.

11. Elementos Reales:

Objeto: deberá ser Determinado/ Precio: cierto 12.Elementos formales:
Los contrato9s deberán formalizarse en documento Administrativo.

13. Contrato de obras:

Tienen por objeto un conjunto de trabajos de Construcción o de ingeniería civil, que tengan por objeto un bien inmueble.

14. Contrato de obras públicas:

Su objeto son obras de restauración y reparación de Construcciones exigentes. La contraprestación es el derecho a explotar la obra O bien y a percibir un precio.

15. Contrato de Servicios públicos

Se encomienda a una persona a la gestión de un Servicio cuya competencia por la Administración encomendante.

16. Contrato de suministros:

Tiene por objeto la adquisición, el arrendamiento Financiero o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o Bienes muebles.

17. Contrato de colaboración entre Sector público y sector privado

Es aquel en que la Administración Pública se encarga a una entidad de Derecho privado, por un periodo Determinado, la realización de una actuación global e integrada, con la Financiación de inversiones, de obras o de suministros y además comprenda Alguna prestación.

18. Procedimiento de contratación

Las fases de este procedimiento son la preparación del contrato por el órgano De contratación, la selección del contratista y adjudicación del contrato y Finalmente la ejecución del contrato.

19. Preparación del contrato:

Requerirá Que el órgano de contratación tramite el correspondiente expediente de Contratación. Se expondrán los motivos para la realización del contrato y se Justificará el procedimiento de contratación elegido y los criterios en Consideración para adjudicar el contrato. Además incluye cláusulas Administrativas particulares, en su caso, el de las prescripciones técnicas.

20. Tipos de tramitación del expediente:

Ordinaria, Urgente (por razones de interés público) y De emergencia (a causa de sucesos catastróficos, situaciones que supongan grave Peligro o necesidades relativas a la defensa nacional)

21. Enumerar tipos de procedimiento

Procedimiento Abierto, procedimiento restringido, procedimiento negociado, diálogo Competitivo (contrato de obra y suministro: Valdecilla)
22. BOE(Boletín Oficial del Estado)
y DOUE(Diario Oficial de la Uníón Europea)

23. Prestación de proposiciones:

Las proposiciones deberán ir acompañadas de los Siguientes documentos: Los que acrediten la personalidad jurídica del Empresario y su representación /
Los que Acrediten la clasificación de la empresa, o justifiquen los requisitos de su Solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

/

Una declaración responsable de no estar incurso En prohibición de contratar.

/

En su caso, Una dirección de correo electrónico en la que efectuar las notificaciones.

24. Cómo se presentan y qué incluyen los sobres con las Proposiciones:

Las proposiciones Serás secretas, por lo que se presentarán en distintos sobres cerrados. Sobre A: Documentación administrativa, Sobre B: Documentación técnica y Sobre C: Documentación económica.

25. Plazo de adjudicación del Contrato

La adjudicación definitiva será en 15 días hábiles, si el único criterio de adjudicación es el precio y en dos meses hábiles, cuando Exista más de un criterio de valoración.

26. Plazo De formalización del contrato

10 días hábiles, a contar desde el Siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva.

27. ¿Qué es la ejecución del contrato?

La realización del objeto del contrato dentro del Plazo fijado, conforme a las condiciones específicas legalmente y por los Pliegos  de cláusulas administrativas y De prescripciones técnicas.

28. Obligaciones de la Administración

Abonar la prestación realizada conforme al precio Convenido dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la expedición de Las siguientes certificaciones de obras. Demora en el pago por un periodo Superior a cuatro meses: el contratista podrá suspender el cumplimiento del Contrato. Demora en el pago por un periodo superior a ocho meses: el Contratista tendrá derecho a resolver el contrato y a la indemnización.

29. Extinción del contrato:

Los contratos se extinguirán por cumplimiento o por resolución.

Cumplimiento

El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando Este haya realizado la totalidad de la prestación. La administración dará la Recepción o conformidad.

Resolución

Los contratos podrán resolverse por Insolvencia del contratista mutuo acuerdo, incumplimiento por el contratista de Las condiciones expresadas en el contrato, etc.

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