Ley orgánica de procedimiento administrativo vigente

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CLASIFICACIÓN CONTRATOS:


1. Proceso formativo: Consensuales, Reales y Formales.

2. Finalidad perseguida: Gratuitos y Onerosos (intercambio recíproco)

3. Derecho vigente: Típicos (sí) y Atípicos (no)

4. Período: Instantáneos, Duraderos y De ejecución periódica

5.Obligaciones a cumplir por: Unilaterales y Bilaterales

ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO:


- Art. 1261 CC: no hay contrato sin:

1. Consentimientos de los contratantes

2. Objeto cierto que sea materia de contrato

3. Causa de la obligación que se establezca

4. La forma externa

CONSENTIMIENTO de las partes:

Art-1263 código civil: “no pueden prestar consentimiento: Los menores no emancipados y los incapacitados EL OBJETO:. Art. 1273 código civil: el objeto de todo contrato debe ser una cosa determinada en cuanto a su especie. LA CAUSA:

La causa es la finalidad o motivación subjetiva de cada una de las partes que participan e intervienen en la celebración del contrato. LA FORMA: Los contratos se perfeccionan por el consentimiento de las partes (art.1258 c.C.)

VICIOS de los elementos esenciales del contrato:

Vicios del consentimiento:

El error/La violencia y la intimidación / El dolo

Vicios de la CAUSA

Inexistencia / Falsedad / Ilicitud

Principios inherentes al procedimiento Administrativo:

1. Economía, simplicidad y celeridad

2. Publicidad o transparencia: Garantiza estos de la totalidad de las actuaciones administrativas

3. Imparcialidad o probidad: Exige conducta imparcial y justa de la autoridad evitando

discriminaciones o exclusiones.

4. Contradicción: Adecuar los intereses en juego

5. Gratuidad: No necesario el patrocinio del abogado

6. Oficialidad: Hace lo necesario para llegar a la decisión final


DOBLE FINALIDAD del Procedimiento Administrativo:

1. Constituye una garantía de los derechos de los administrados

2. No agota su función: Asegurar la pronta y eficaz satisfacción del interés general mediante la

adopción de medidas y decisiones de las autoridades administrativas.






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