Ley orgánica de procedimiento Administrativo

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1- Los centros educativos son sistemas Abiertos o cerrados

Un sistema se considera cerrado cuando Su interacción con el medio es nula o mínima.

Un sistema abierto es cuando dicha Integración será de manera notoria, lo que obliga al sistema en cuestión a Mantener una adaptación constante. (Ejemplo: Los seres vivos, y el centro Educativo.)

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Cada organización social concreta, como Un centro educativo, es un todo, un subsistema abierto, que recibe estímulos Del entorno (entrada) Y genera unos resultados (salida: en forma de servicios, Rendimientos) que esté juzga adecuados o no. 


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Según proceda, una continuación porque los resultados son Satisfactorios y por el contrario, el feedback o retroalimentación porque algo Falla y hay que revisarlo.

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Todos Los sistemas se pueden clasificar en determinísticos (se pueden prever los Resultados, ejemplo: comportamiento de un robot) Y probabilísticos (no pueden Determinarse de antemano) 

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El Centro educativo es un sistema abierto (se relaciona estrechamente con el Medio) Y proyecta en el sus resultados.

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También Hay quien lo considera cerrado porque tienen los elementos necesarios para Alcanzar sus objetivos y tener información constante sobre sus resultados (implica una relación constante y notoria (Fernández y Sarramona 1975))

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Como sistema abierto que tiende a Mantenerse en situaciones estables y gracias a la relación constante entre los Componentes del sistema, es autorregulable.



3- Breve descripción de los órganos Colegiados de centro. VVV


El equipo directivo estará integrado por el director, el jefe de Estudios, el secretario y otros.

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Trabajará de forma coordinada Conforme a las directrices del director y las funciones específicas legalmente Establecidas.

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El director, previa comunicación al Consejo Escolar y Al Claustro de Profesores formulará propuesta de nombramiento, cese de los Otros miembros del equipo directivo a la Administración educativa.

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Los Miembros del equipo cesarán en sus funciones al término de su mandato o cuando Se produzca el cese del director. 

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Las Administraciones educativas adoptarán medidas que permitan mejorar la actuación De los equipos directivos y planificaran cursos de formación 



CONSEJO ESCOLAR 1) Composición:VVV
El director de centro (presidente)

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Jefe De estudios. Un concejal o representante del ayuntamiento.

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Número de profesores elegidos por el Claustro (no inferior a 1/3 total)

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Número De padres y alumnos (no inferior a 1/3)
VVVun Representante del personal de administración y servicios del centro.

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El secretario del centro. (Con voz y sin Voto)

2) Competencias: VVV Aprobar y evaluar los proyectos y normas del centro, así como la Programación general anual

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Conocer las Candidaturas a dirección y proyectos.

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Participar en La elección del director del centro.

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Decidir sobre La admisión de alumnos.

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Conocer la Resolución de conflictos disciplinares según la normativa.

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Proponer Medidas que favorezcan la convivencia, igualdad y resolución pacífica de Conflictos (personal, familiar y social)

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Conservación Y renovación del material del centro y aprobar recursos complementarios.



4- ¿Qué es el plan de centro breve descripción?VVV


Definición: el plan de centro es un conjunto de declaraciones destinadas a Dirigir un proceso de intervención educativa, que combina los planteamientos Generales que orientan la acción con los planteamientos específicos que Facilitan la intervención y su evolución. El plan de centro está constituido Por el proyecto de gestión. 

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El plan de centro tiene una gran Importancia ya que configura un diseño, que responde a las necesidades del Alumnado y sea un marco general que sirva de referencia para el desarrollo y mejora De la organización. Además, el profesorado debe atacar y comprometerse con el Plan de Centro que la escuela tenga aprobado, pudiendo desde los cauces de Participación reglamentarios proponer las modificaciones que considere oportuna, Para su debate y posible aprobación. Pero el Plan de Centro no obliga sólo al Profesorado, sino que también a toda la comunidad educativa a la que se le dan También cauces de participación para su elaboración y modificación.



7- Definición y objetivos del ROF


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El Reglamento de Organización Y Funciones (ROF) es un instrumento técnico normativo de gestión que determina La naturaleza, finalidad, competencia, estructura orgánica y relaciones de una Entidad Pública, las funciones y la composición de cada una de sus Dependencias; las atribuciones, jerarquías de decisión y ámbito de supervisión De los cargos directivos. 

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Vela por el cumplimiento del marco Normativo y procura atender aspectos no contemplados en la norma, por su Singularidad derivado de su contexto, en esos desarrollos legales.

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Es un instrumento dinámico para Encauzar el funcionamiento de los centros.

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Pretende, mejorar la calidad, a partir de la eficacia organizativa.



11- ¿Cómo se instruye la tramitación de las medidas disciplinarias de Cambio de centro? VVV


La instrucción del procedimiento se Llevará a cabo por n maestro o maestra del centro designado por el director o Directora.

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El director o Directora notificará fehacientemente al padre, madre o representantes legales Del alumno o alumna la incoación del procedimiento, especificando las conductas Que se le imputan, así como el nombre del instructor o instructora, a fin de que En el plazo de dos días lectivos formulen las alegaciones oportunas.

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El director o directora comunicará Al servicio de inspección de educación el inicio del procedimiento y lo Mantendrá informado de la tramitación del mismo hasta su resolución.

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Inmediatamente antes de redactar La propuesta de resolución, el instructor o instructora pondrá de manifiesto el Expediente al padre, madre o representantes legales del alumno o alumna, Comunicándoles la sanción que podrá imponerse, a fin de que en el plazo de tres Días lectivos puedan formulas las alegaciones que estimen oportunas.



13. ¿Quién elabora y aprueba el proyecto educativo? VVV


Corresponde al equipo directivo coordinar su elaboración en la que deberán Participar todos los sectores de la comunidad educativa de acuerdo con las Directrices del consejo escolar y las propuestas realizadas por el claustro de profesores, Las asociaciones de padres y alumnos que deberán tener en cuenta las carácterísticas Del entorno escolar y las necesidades educativas del alumnado.

VVV

La aprobación de ambos documentos Es responsabilidad del consejo escolar sin prejuicio de las competencias Atribuidas hacia el claustro de profesores en lo que se refiere al proyecto Curricular.



14. Concepto y finalidad del proyecto de gestión. VVV


El concepto de proyecto gestión se refiere a llevar a la práctica las Previsiones y compromisos diarios que figura en los documentos institucionales Del centro, esto se realiza bajo los presupuestos marcados y suelen estar Centrados en ámbitos administrativos, económicos y organizativos. Este proyecto Trata sobre la gestión económica que poseen los centros educativos.

VV

Designar las partidas a las que Destinar los recursos para cumplir la Programación General del centro.

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Distribuir los recursos según los gastos A partir de los ingresos previstos.

VV

Ajustar Y observar los gastos según los presupuestos.

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Prevenir desajustes económicos sobre el desarrollo de la PGA.

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Intervenir en los programas sobre La calidad educativa.

VV

Equilibrar Las cantidades con los recursos.

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