Jurisdicción y Competencia en el Proceso Civil Español: Presupuestos y Procedimientos

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Los presupuestos procesales relativos al órgano jurisdiccional

El derecho fundamental a la tutela judicial efectiva del artículo 24.1 de la Constitución Española (CE) incluye el derecho a obtener una sentencia sobre el fondo de la controversia. Este derecho depende de ciertas condiciones procesales relacionadas con jurisdicción y competencia. Para que un juez pueda resolver un litigio, debe ser el órgano indicado por la ley para ese tipo de asunto, lo que conecta el derecho al proceso con el derecho al juez ordinario predeterminado por la ley del artículo 24.2 CE.

La atribución de jurisdicción y competencia sigue cinco criterios:

  • Dos relacionados con la jurisdicción: la jurisdicción internacional y la jurisdicción por razón del objeto.
  • Tres con la competencia de tribunales: competencia objetiva, que establece qué órganos deben conocer del asunto en primera instancia; competencia funcional, sobre los aspectos parciales del proceso; y competencia territorial, que determina el territorio del órgano que resolverá el caso.

La jurisdicción de los tribunales civiles

Al surgir una controversia, se debe determinar si los tribunales españoles o los de otro país tienen jurisdicción para resolverla. Esto ocurre cuando hay un elemento extranjero, como el domicilio o la nacionalidad. Las normas de competencia internacional, conocidas como foros o fueros, establecen la conexión entre el litigio y el país cuyos tribunales tienen la jurisdicción.

Si un Estado busca resolver todos los asuntos en sus tribunales, puede caer en el denominado imperialismo jurisdiccional. En España, el artículo 21 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) limita esta jurisdicción de acuerdo con tratados internacionales, normas de la Unión Europea (UE) y leyes locales. Existen normas supranacionales e internas para la jurisdicción internacional. Los tratados y convenios determinan las circunstancias en que se reconocen sentencias entre Estados.

El Reglamento 1215/2012 de la UE aplica cuando hay un litigio civil o mercantil con elementos internacionales, especialmente si el demandado reside en la UE. Se aplican diferentes foros dependiendo de la naturaleza del litigio, como:

  • Competencia exclusiva para ciertos asuntos.
  • Foros especiales para proteger a la parte más débil.

También se puede fijar la jurisdicción mediante un acuerdo entre las partes, que puede ser expreso o tácito. Si no hay norma supranacional aplicable, se utilizan las disposiciones del artículo 22 LOPJ para determinar la jurisdicción. Finalmente, la competencia se establece según la naturaleza de la controversia, según el artículo 9.2 LOPJ, que asigna los casos a los tribunales apropiados.

Tratamiento procesal de la jurisdicción y de la competencia

El tratamiento procesal se refiere a los mecanismos legales para controlar el cumplimiento de los presupuestos procesales, que pueden iniciarse de oficio o a solicitud de partes. El tribunal que recibe una demanda debe verificar la jurisdicción y competencia, reflejando que el Letrado de la Administración de Justicia (LAJ) es responsable de admitir o elevar cualquier falta al juez.

También se revisa la jurisdicción por objeto, donde el tribunal debe abstenerse si no tiene competencia. Los defectos de jurisdicción son nulos, mientras que los de competencia territorial son preferenciales. El demandado puede impugnar la jurisdicción por medio de una declinatoria en un plazo específico. Los conflictos de competencia se resuelven en la Sala de Conflictos del Tribunal Supremo (TS) y no pueden plantearse contra órganos penales. Las cuestiones de competencia surgen cuando dos órganos de un mismo orden se consideran competentes o ninguno quiere conocer el caso.

La determinación definitiva de los juzgadores

En una circunscripción con varios tribunales del mismo grado, la elección del tribunal encargado de un caso se determina por normas de reparto, que deben ser públicas y estar establecidas antes del litigio. Estas normas son aprobadas por las Salas de Gobierno de los tribunales y regulan el trabajo de los órganos jurisdiccionales. Cuando se presenta una demanda, debe ser repartida en dos días a la oficina judicial correspondiente; sin un registro de reparto, no se puede iniciar el proceso, y violarlo puede resultar en la nulidad de las actuaciones.

Si un juez tiene relación con el caso, debe abstenerse de conocerlo. Las causas de abstención son limitadas y, si no se abstiene, se puede plantear un incidente de recusación. Este incidente suspende las actuaciones principales hasta que se decida sobre la recusación, y si se desestima, se puede multar al recusante si se determina mala fe.

La determinación definitiva de los juzgadores (Contenido duplicado)

En una circunscripción con varios tribunales del mismo grado, la elección del tribunal encargado de un caso se determina por normas de reparto, que deben estar públicas y establecidas antes del litigio. Estas normas son aprobadas por las Salas de Gobierno de los tribunales y regulan el trabajo de los órganos jurisdiccionales. Cuando se presenta una demanda, debe ser repartida en dos días a la oficina judicial correspondiente; sin un registro de reparto, no se puede iniciar el proceso, y violarlo puede resultar en la nulidad de las actuaciones. Si un juez tiene relación con el caso, debe abstenerse de conocerlo. Las causas de abstención son limitadas y, si no se abstiene, se puede plantear un incidente de recusación. Este incidente suspende las actuaciones principales hasta que se decida sobre la recusación, y si se desestima, se puede multar al recusante si se determina mala fe.

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