La Junta Suprema Central y el Origen de las Cortes de Cádiz (1808-1812)

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El vacío de poder y la creación de las Juntas

Ante la situación creada por las Abdicaciones de Bayona, se produjo un vacío de poder, ya que gran parte del país se rebeló contra los franceses. Surgieron así las juntas locales y provinciales que gobernaban en nombre de Fernando VII.

Poco después se creó la Junta Suprema Central como gobierno central, compuesta por 36 representantes. En ella había desde aristócratas ilustrados del Antiguo Régimen (como el conde de Floridablanca), ilustrados moderados (Jovellanos) y liberales progresistas (Calvo de Rozas).

La labor de la Junta Suprema Central

La Junta se trasladó a Cádiz debido al avance de las tropas de Napoleón. Su obra fue triple:

  • Gobernar el país.
  • Dirigir la resistencia militar contra los franceses.
  • Convocar la reunión de los representantes de la nación en unas Cortes en Cádiz, una iniciativa revolucionaria.

Se formó una comisión de Cortes que empezó a debatir el carácter de las elecciones y la cámara. Sus miembros coincidieron en que debían ser elegidos mediante sufragio universal de varones mayores de 25 años y que las Cortes debían ser bicamerales. En enero de 1810 se dictaron instrucciones para elegir la cámara, pero la Junta, dividida por las tropas francesas, se disolvió y traspasó sus poderes a un Consejo de Regencia que procedió a convocar elecciones a Cortes en junio de 1810; finalmente, se creó una sola cámara.

La reconstrucción del Estado y el debate constitucional

La misión principal de la Junta fue la dirección de la guerra, pero la invasión había arrasado el viejo Estado, por lo que era necesario reconstruirlo. Existía una división de opiniones:

  • Sector de Jovellanos: Entendía que la reconstrucción del Estado debía realizarse mediante la restauración y renovación de las antiguas leyes.
  • Sector influido por las doctrinas de Francia: Partidarios de una constitución.

Finalmente, se impuso la opción constitucional. En la elaboración de la Constitución se diferenciaban dos grupos:

  • Los liberales: Partidarios de reformas revolucionarias; dominaron los debates e influyeron decisivamente en la labor de las Cortes.
  • Los absolutistas: Se pronunciaron a favor de la defensa del viejo absolutismo monárquico.

La Constitución de 1812

Las Cortes proclamaron a Fernando VII como legítimo rey, pero su obra política principal fue elaborar una Constitución, promulgada el día 19 de marzo de 1812, que reconocía a Fernando VII como rey, establecía a la religión católica como la única oficial del Estado y decretaba la abolición de los señoríos.

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