Jornada laboral, descansos, horas extra, salario y nómina: Todo lo que necesitas saber
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Jornada Laboral
Tipos de Jornada
- Ordinaria: 40 horas semanales, máximo 9 horas diarias. No se incluyen desplazamientos.
- Especiales:
- Guardia legal: Para el cuidado de menores de 6 años o personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.
- Lactancia: 1 hora de ausencia o reducción de jornada en 30 minutos.
- Nocturna: Entre las 22:00 y las 6:00 horas. Se considera trabajo nocturno si se realizan al menos 3 horas en este horario. Máximo 8 horas diarias de promedio en 15 días, salvo convenio.
- Trabajos a turnos: Los trabajadores ocupan sucesivamente los mismos puestos de trabajo, prestando sus servicios en horas diferentes en un periodo de días o semanas.
Descansos
- Diario: 12 horas entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente.
- Semanal: 1 día y medio ininterrumpido. Se puede trabajar 14 días y descansar 3.
- Continuada: 15 minutos de descanso por cada 6 horas seguidas de trabajo.
- Anual: 30 días naturales.
Horas Extra
Clases de Horas Extra
- No estructurales: Voluntarias o pactadas en convenio o contrato.
- Estructurales: Se realizan por exigencias de la producción. Se pactan en convenio.
- Fuerza mayor: Para prevenir o reparar siniestros por causas no imputables al empresario.
Pago de Horas Extra
- Retribución: En nómina, pactada en convenio. Nunca inferior a la hora ordinaria.
- Compensación: Por tiempo de descanso, dentro de los 4 meses siguientes a su realización.
Salario
Es la retribución que la empresa paga al trabajador por sus servicios.
Tipos de Salario
- Metálico: Forma más habitual, se paga en moneda de curso legal.
- En especie: Se paga con productos o servicios. Se debe acordar el bien o servicio y su valor. Como máximo puede ser el 30% del salario.
SMI: Salario Mínimo Interprofesional. Es la retribución mínima que deben cobrar todos los trabajadores.
Nómina
También llamado recibo de salarios, es el documento que acredita el pago del salario al trabajador, especificando las percepciones y deducciones.
Cuerpo de la Nómina
- Devengos: Cantidades que percibe el trabajador.
- Deducciones: Descuentos sobre los devengos para obtener el salario neto.
Devengos
- Salario base: Parte de la retribución fijada por unidad de tiempo o de obra, establecida para cada categoría profesional en convenios colectivos o contratos individuales.
- Complementos por calidad o cantidad de trabajo: Se perciben por mayor cantidad de trabajo o calidad superior a la normal.
- Horas extra.
- Gratificaciones.
- Complementos personales.
Deducciones
- Anticipos: Cantidades recibidas a cuenta del trabajo ya realizado.
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Retención en función de los ingresos brutos anuales y descendientes a cargo.
Bases de Cotización
- Contingencias comunes: Cubre enfermedad común, maternidad y accidente laboral.
- Recaudación conjunta: Desempleo, Formación Profesional (FP), Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). Solo cotiza el empresario.
- Contingencias profesionales: Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
- Adicional por horas extra: Estructurales, no estructurales y de fuerza mayor.
Conceptos no computables en la base de cotización
- Dietas y asignaciones para gastos de viajes.
- Gastos de locomoción.
- Quebranto de moneda.
- Horas extra.
- Productos en especie.
Cálculo de la base de cotización:
- Base de cotización mensual: Base mensual + (Pagas extra / 12).
- Base de cotización diaria: Base diaria + (Pagas extra / 365).