Jerarquía Normativa en el Derecho del Trabajo: Leyes, Reglamentos y Constitución

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La Ley y el Reglamento en el Derecho del Trabajo

La ley es la norma jurídica que emana de los parlamentos (poder legislativo). Posee el máximo rango jerárquico, situándose inmediatamente por debajo de la Constitución, y goza de una posición de privilegio. Sus tipos principales son: orgánica, ordinaria, decreto-ley y decreto legislativo.

La ley es la protagonista de la legislación laboral, ya que:

  • Reconoce derechos y deberes a trabajadores y empresarios.
  • Dicta los límites para las leyes inferiores.
  • Condiciona el convenio colectivo, aunque no puede anularlo ni suprimirlo.
  • Establece la función que le compete al contrato de trabajo.

El Reglamento en el ámbito laboral

El reglamento procede del poder ejecutivo. Carece de fuerza activa o pasiva frente a la ley y no puede ocuparse de materias reservadas a esta. En el ordenamiento laboral, su función es limitada, dado que el convenio colectivo tiene un mayor protagonismo. El reglamento solo cabe secundum legem (conforme a la ley).

Sus características principales son:

  • No puede desarrollar condiciones de trabajo, salvo en materias de regulación de relaciones especiales.
  • Tiene relevancia en contratos temporales, formativos y para trabajadores con dificultades de inserción laboral.
  • En materias como seguridad y salud, salario mínimo, jornadas especiales, despido colectivo y vacíos legales, el convenio colectivo se remite al reglamento.
  • Cumple una función relevante al regular la administración laboral.

La Constitución como fuente del Derecho

La Constitución (CE) es la norma suprema del ordenamiento jurídico. Su supremacía se manifiesta de dos formas:

  • Fuerza vinculante activa: La Constitución de 1978 anuló las normas previas que la contradecían, y ninguna norma posterior puede ir en su contra.
  • Contenido: Se divide en una parte orgánica (organización del Estado y sistema de fuentes) y una parte dogmática (valores y derechos de los ciudadanos).

El Estado Social y los Derechos Fundamentales

Es fundamental distinguir tres aspectos clave:

  1. Cláusula del Estado Social (Art. 1.1 y 9.2 CE): El Estado se compromete con los trabajadores asalariados.
  2. Derechos fundamentales de los trabajadores:
    • Art. 28.1: Libertad sindical.
    • Art. 28.2: Libertad de huelga.
    • Art. 37: Negociación colectiva.
    • Art. 35: Libertad profesional.
  3. Derechos fundamentales de la persona: Se reconocen derechos inherentes a la condición humana, como la libertad religiosa o el derecho a la intimidad.

Principios rectores

La Constitución establece, además, los principios rectores de la política económica y social, fijando obligaciones y fines específicos para los poderes públicos.

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