Introducción al Derecho: Constitucional, Penal y Procesal

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Introducción al Derecho

Derecho Constitucional

El Derecho Constitucional se enfoca en los derechos fundamentales del individuo frente al Estado, regulando la relación entre ambos.

Conceptos Clave

  • Estado: Persona moral y ente jurídico con facultades que ejerce sobre un territorio.
  • Territorio: Espacio geográfico que abarca tierra, cielo y mar.
  • Pueblo: Comunidad humana sujeta al poder estatal.

Antecedentes Constitucionales en México

México ha tenido tres constituciones principales: 1824, 1857 y 1917.

Declaración Universal de los Derechos Humanos

La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece características esenciales de los derechos fundamentales:

  • Universalidad: Todos los seres humanos son titulares de estos derechos.
  • Irrenunciables: No se pueden renunciar a estos derechos.
  • Irrescriptibles: No se pierden con el transcurso del tiempo.

Garantías Individuales

Las garantías individuales protegen los derechos fundamentales de los individuos. Algunos ejemplos son:

  • Igualdad: Busca eliminar la discriminación.
  • Libertad: Permite la libertad de actuación del sujeto.
  • Seguridad Jurídica: Brinda certeza y protección legal.

Garantías Sociales

Las garantías sociales buscan el bienestar de los grupos sociales.

Suspensión de Garantías

En casos excepcionales, como invasión o perturbación grave de la paz, el Presidente, con acuerdo de autoridades competentes, puede suspender las garantías.

Forma de Gobierno en México

México es una república representativa, democrática y federal.

  • República: El titular del gobierno es el Presidente.
  • Representativa: El órgano legislativo representa el voto ciudadano.
  • Democrática: Todos los ciudadanos tienen los mismos derechos.
  • Federal: Unión de entidades federativas con autonomía y sujetas a la Constitución general.

Derecho Penal

El Derecho Penal se encarga de los delitos y las penas.

Definición de Delito

Un delito es un acto que sancionan las leyes, con características específicas.

Elementos del Delito

  • Actividad: Manifestación de conducta que produce un cambio en el mundo exterior.
  • Tipicidad: La conducta debe estar descrita en la ley como delito.
  • Antijuricidad: La acción es contraria a las normas jurídicas.
  • Imputabilidad: El sujeto sabe que está cometiendo un delito.
  • Culpabilidad: Se causa un daño previsto por la ley. Existen delitos dolosos (intencionales), culposos (por negligencia) y preterintencionales (daño mayor al intencionado).

Punibilidad

Es la facultad del Estado para crear y aplicar penas.

Tipos de Delitos

Existen diversos tipos de delitos, como:

  • Contra el individuo (homicidio, lesiones, etc.)
  • Omisión de auxilio
  • Contra la libertad (secuestro, etc.)
  • Contra la paz y seguridad (amenazas, asalto, etc.)
  • Contra el domicilio (allanamiento)
  • Contra la libertad e indemnidad sexuales
  • Contra la dignidad (discriminación)
  • Contra el patrimonio (robo, fraude, etc.)
  • Contra la familia
  • Contra el estado civil
  • Contra la sociedad
  • Contra el Estado
  • Contra el servicio público

Ministerio Público

El Ministerio Público investiga y persigue los delitos.

Penas y Medidas de Seguridad

Las penas son impuestas por la autoridad como consecuencia de un delito. En Querétaro, las penas pueden ser: prisión, semilibertad, multa, reparación del daño, trabajos comunitarios o destitución.

Las medidas de seguridad buscan prevenir delitos y proteger a la sociedad. Algunos ejemplos son: vigilancia, suspensión, decomiso y amonestación.

Extinción de la Punibilidad

La punibilidad se extingue por cumplimiento de la pena, amnistía, muerte del imputado o rehabilitación.

Derecho Procesal

El Derecho Procesal regula los procedimientos judiciales para hacer justicia.

Proceso Penal

El proceso penal inicia con una denuncia o querella. El juez estudia el caso y decide si hay elementos de delito. Se presentan pruebas (confesión, documental, testimonial, etc.) y se llega a una sentencia.

Derecho Internacional Público

El Derecho Internacional Público rige las relaciones entre los Estados de la comunidad internacional.

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