Instrumentos de Planeamiento y Ordenación del Territorio en Andalucía

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EL PLANEAMIENTO

LOTA (Ley de Ordenación del Territorio de Andalucía): Su objetivo es dotar a la Comunidad Autónoma de instrumentos y procedimientos con los que tener una política de Ordenación del Territorio (OT). Sus principios fundamentales son: Planificación, Participación y Coordinación.

INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

1) POTA (Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía)

Es el referente básico; establece la organización y estructura territorial pretendida para toda la Comunidad y vincula a los POTAS y PIOTS. Su contenido incluye:

  • Diagnóstico territorial de oportunidades y problemas territoriales.
  • Localización de infraestructuras.

Su elaboración corresponde al Consejo de Gobierno a propuesta del Consejero de Obras Públicas y Transporte. Se garantiza la información pública y la participación de la Administración y entidades afectadas. Una vez aprobado, se remite al Parlamento para su aprobación; no tiene rango de ley, sino de reglamento de ejecución de la LOTA.

2) POTAS (Planes de Ordenación del Territorio de Ámbito Subregional)

Establecen los elementos para la organización del territorio en su ámbito de aplicación. Su contenido define los objetivos territoriales a alcanzar, compatibilizando los usos de que sea susceptible el territorio. Son vinculantes para los PIOTS y los planes urbanísticos.

3) PIOTS (Planes con Incidencia en la Ordenación del Territorio)

Son planes sectoriales (puertos, carreteras, etc.) elaborados por la Comunidad Autónoma. Se consideran PIOTS únicamente las actividades de planificación de la Junta de Andalucía citadas en el Anexo II de la LOTA. Es obligatorio justificar la coordinación entre el PIOT y el POTA o POTAS correspondientes.

4) Plan de Protección del Corredor del Litoral de Andalucía

Tiene por objeto establecer los criterios y determinaciones para la protección, conservación y puesta en valor de las zonas costeras. Busca alcanzar los objetivos de protección y accesibilidad del sistema costero de los municipios andaluces.

CLASES DE PLANES URBANÍSTICOS

A. Planes Generales

1) PGOU (Planes Generales de Ordenación Urbanística)

Se ocupa de la ordenación de la totalidad del término municipal y organiza la gestión de su ejecución. Su contenido se divide en:

  • Ordenación estructural del término municipal y directrices generales.
  • Ordenación pormenorizada con determinaciones obligatorias y potestativas.

Posee un contenido básico y uno facultativo. Su objetivo respecto a los suelos es:

  • Suelos Urbanos: Completar los usos y permitir la edificación.
  • Suelos Urbanizables: Establecer la estructura general de la urbanización.
  • Suelos No Urbanizables: Preservarlos de la transformación.
2) Planes de Ordenación Intermunicipal

Se encargan de la ordenación de áreas concretas integradas por terrenos situados en dos o más términos municipales colindantes que deben ser objeto de una actuación urbanística unitaria.

3) Planes de Sectorización

Realizan funciones similares al PGOU en el suelo urbanizable no sectorizado. Se ocupan del cambio de categoría de suelo "no sectorizado" a "sectorizado", delimitando el sector o sectores de transformación.

B. Planes de Desarrollo

1) Planes Parciales de Ordenación

Suponen el desarrollo del PGOU o del Plan de Ordenación Intermunicipal. Establecen la ordenación detallada para la ejecución de sectores enteros en suelos urbanos no consolidados o urbanizables cuando no dispongan de ordenación previa. Su contenido incluye:

  • Trazado y red de comunicación.
  • Delimitación de las zonas de ordenación urbanística.
  • Fijación de la superficie y características de la reserva para dotaciones, incluidos los aparcamientos.
2) Planes Especiales

Pueden ser municipales o supramunicipales. Su objeto es establecer, desarrollar, definir y ejecutar infraestructuras, servicios o dotaciones; conservar, proteger y mejorar el medio urbano; la ordenación de las áreas urbanas sujetas a reforma interior y establecer la reserva de terrenos para el patrimonio público de suelo.

3) Estudio de Detalle

Su finalidad es completar las determinaciones del planeamiento en áreas de suelos urbanos reducidos.

4) Catálogos

Tienen como función completar las determinaciones de conservación, protección o mejora del patrimonio urbanístico.

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