Instrumentos de Control Parlamentario y el Principio de Autonomía de las Cámaras

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Control Ordinario del Parlamento sobre el Gobierno

Se sabe que se confía en el Gobierno, pero se sigue la trayectoria de sus actos. El Parlamento puede realizar un control ordinario sobre el Gobierno a través de los siguientes instrumentos:

1. Las Preguntas

La pregunta es el primer instrumento para ejercer el control sobre el Gobierno. A través de las preguntas, obtenemos información del Gobierno y de sus miembros. Existen diversas formas de formular las preguntas:

  • Vía escrita: Se utiliza como cauce el BOCG (Boletín Oficial de las Cortes Generales). Se pregunta por escrito y el Gobierno responde por escrito a través del mismo boletín.
  • Vía oral: Las preguntas orales se pueden formular tanto en el Pleno como en las Comisiones.

Cuando se formula una pregunta, existe un derecho de réplica (contestación a la pregunta) y de dúplica (el que la formuló tiene derecho a otro turno de intervención).

2. Las Interpelaciones

El segundo instrumento son las interpelaciones. Se diferencian de la pregunta en el tono más inquisitivo de la formulación; hay un mayor grado de agresividad y un tono más imperativo. Lo que se busca aquí es una justificación de los actos del Ejecutivo. Siempre se producen de forma oral y siempre tienen lugar en el Pleno. Es posible que, después de una interpelación, tenga lugar la aprobación de una moción, que es un pronunciamiento de la Cámara.

3. Las Proposiciones No de Ley o Mociones

El tercer instrumento son las proposiciones de ley (o proposiciones no de ley) y las mociones: se definen como un pronunciamiento de la Cámara sobre un tema concreto sin la intención de realizar una ley. Estos pronunciamientos lo que hacen es impulsar la acción del Gobierno para que este empiece a trabajar en un proyecto, manifestando la necesidad de una acción determinada. Estas proposiciones no son jurídicamente vinculantes; cuando el Parlamento se pronuncia sobre un tema de esta forma, no es vinculante, es decir, ante un tribunal no se puede exigir el reconocimiento de esa moción.

4. Las Comisiones de Investigación

En cuarto lugar, encontramos las comisiones de investigación: son órganos a través de los cuales se tramita una investigación sobre un tema en concreto. Al igual que los instrumentos anteriores, no son jurídicamente vinculantes.

Principio de Autonomía de los Parlamentos

El principio de autonomía parlamentaria es el conjunto de prerrogativas (derechos) que hacen inmunes a los parlamentarios frente a las injerencias de los demás poderes públicos. La autonomía parlamentaria se traduce en tres vertientes fundamentales:

  1. Autonomía normativa: Cada Cámara u órgano elabora su propio reglamento, es decir, las normas por las que se va a regir. La Constitución, a pesar de hablar de un reglamento común entre ambas Cámaras, es algo que no se cumple en la práctica.
  2. Autonomía presupuestaria: Significa que el Parlamento elabora su propio presupuesto de forma independiente.
  3. Autonomía administrativa: Las Cámaras gestionan su propio personal y sus propios órganos, realizando las tareas administrativas de gobierno interno necesarias.

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