Insolvencia empresarial y concurso de acreedores: suspensión de pagos, liquidación y clasificación
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Insolvencia empresarial y concurso de acreedores
Las situaciones de insolvencia en las empresas surgen cuando se produce un desequilibrio patrimonial. Esta situación de insolvencia puede ser temporal —tiene solución— o definitiva —no tiene solución—.
Normalmente, se asimila la insolvencia temporal a un desequilibrio a corto plazo, en el que la empresa puede tener problemas de tesorería o de disponibilidad a corto plazo para hacer frente a sus deudas. Esta situación se puede solucionar con una reestructuración de las fuentes de financiación de la empresa, o puede mantenerse en el tiempo y el problema puede crecer. Si no se toman medidas, la situación puede transformarse en una insolvencia definitiva o en un desequilibrio patrimonial irreversible; en este caso, los acreedores pueden perder parte de sus derechos de cobro.
Para que todas estas situaciones se produzcan y se desarrollen con las mayores garantías legales posibles, y para que los intereses de los acreedores no se vean disminuidos, existe un proceso tutelado por el juez que recibe el nombre de concurso de acreedores. Su objetivo fundamental es paliar los efectos nocivos de una insolvencia y proteger a los más débiles en ella, como pueden ser los trabajadores.
8.4.1. Inestabilidad financiera a corto plazo o suspensión de pagos
La insolvencia temporal es el inicio de todo proceso concursal; la solicita el propio empresario (insolvencia voluntaria) y ello después de haber intentado durante cuatro meses llegar a un acuerdo de pago con los acreedores para evitar el concurso. El concurso también lo puede solicitar un acreedor (concurso necesario). Ante estas solicitudes será el juez quien declare o no el inicio del concurso.
8.4.2. Inestabilidad financiera a largo plazo o quiebra
Cuando la insolvencia procede de una situación patrimonial de inestabilidad financiera a largo plazo, el concurso se resuelve mediante la liquidación. Cuanto antes se lleve a cabo la liquidación, mejor será para todos los acreedores, ya que la situación patrimonial de la concursada estará menos deteriorada. Cuando se comprueba que la empresa no es viable, es preferible repartir las pérdidas a esperar. En la fase de liquidación se distinguen dos tipos de acreedores:
- Privilegiados: Son los que tienen garantizado el cobro de sus créditos siempre que exista masa patrimonial suficiente. Ejemplos de ello serían los trabajadores, la Hacienda pública y la Seguridad Social.
- No privilegiados: Son los que no tienen garantizado el cobro de la totalidad de sus créditos.
Clasificación del concurso
- Fortuito: Cuando no existe culpa del empresario y la situación de insolvencia se produce por causas ajenas al mismo.
- Culpable: Cuando se ha producido por una mala gestión del empresario, que ha incurrido en una serie de actos de los que es responsable y que han llevado a la quiebra. Se incluye en este caso la situación de agravamiento de la insolvencia por dolo.