Infracciones Aduaneras: Clasificación, Sanciones y Multas Vigentes

Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho

Escrito el en con un tamaño de 2,84 KB

Infracciones y Delitos en el Ámbito Aduanero

Contrabando Menor

El hecho constituirá delito y no infracción de contrabando menor en cualquiera de los siguientes supuestos:

  • a) Cuando la mercadería formare parte de una cantidad mayor, si el conjunto superare ese valor.
  • b) Cuando el imputado hubiera sido condenado por sentencia firme.

En la infracción de contrabando menor, el sumario será instruido y resuelto por la autoridad aduanera.

Declaraciones Inexactas y Otras Diferencias Injustificadas

Quien efectuare ante el servicio aduanero una declaración que difiera con lo que resultare de la comprobación y que, en caso de pasar inadvertida, produjere o hubiere podido producir:

  • a) Un perjuicio fiscal: será sancionado con una multa de (1) a (5) veces el importe de dicho perjuicio.
  • b) Una transgresión a una prohibición a la importación o a la exportación: será sancionado con una multa de (1) a (5) veces el valor en aduana de la mercadería en infracción.
  • c) El ingreso o el egreso desde o hacia el exterior de un importe pagado o por pagar distinto del que efectivamente correspondiere: será sancionado con una multa de (1) a (5) veces el importe de la diferencia.

En el supuesto de mercadería faltante, cuando no pudiere determinarse si la diferencia produjo o hubiere podido producir alguna de las consecuencias previstas en cualquiera de los incisos a), b) y c), se impondrá una multa de $500 por bulto faltante o, si se tratare de mercadería a granel, por tonelada faltante o fracción de ella.

Mercadería a Bordo sin Declarar

Cuando en un medio de transporte se hallare mercadería oculta o en lugares de acceso reservado a la tripulación, o en poder de algún tripulante, que no hubiere sido declarada ante el servicio aduanero, corresponderá el comiso de la mercadería en infracción y se aplicará al transportista una multa igual a su valor en plaza.

Transgresión de Obligaciones Impuestas como Condición de un Beneficio

El que no cumpliere con la obligación que hubiera condicionado el otorgamiento de:

  • a) Una excepción a una prohibición a la importación para consumo o a la exportación para consumo: será sancionado con el comiso de la mercadería en infracción.
  • b) Una exención total o parcial de tributos que gravaren la importación o exportación para consumo: será sancionado con una multa de (1) a (5) veces el importe actualizado de los tributos dispensados.
  • c) Un estímulo a la exportación para consumo: será sancionado con una multa de (1) a (5) veces el importe actualizado del estímulo acordado.

Entradas relacionadas: