Infancias y juventudes desde un enfoque de los derechos

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A quién enseñamos? Infancias y juventudes concebidos desde un enfoque o paradigma de los derechos

1919: Ley de agote o Patronato: (ley que regulaba la infancia)

Paradigma tutelar, doctrina irregular: niños como objetos de tutela, todo niño que se encuentre en situación irregular (riesgo moral o físico), debe ser protegido por el estado, institucionalizado, y separado de sus padres (niños=objetos) Niño pobre: considerado como amenaza, debía ser atendido por instituciones especializadas para su tratamiento (orfanatos, hogares)

Paradigma de la "normalización" de la infancia: niño como menor "a formar" y ser socializado por dos instituciones troncales: la familia y la educación.

1948: Declaración universal de los Derechos Humanos (ONU) solo adultos

1959: Declaración universal de los Derechos de los Niños

1989: CIDDNNyA convención internacional de los derechos de los Niños, niñas y adolescentes, en más de 200 estados. En Argentina 1994: Reforma constitucional, forma parte de la CIDDNNyA (los niños son sujetos de derecho)

Paradigma de la "protección restringida": Protección y promoción de los derechos de la infancia. Asignación universal por hijo. Mejores condiciones

2005: Ley nacional de protección de los DDNAyA, 26061

Paradigma de protección de derechos: Estado (interviene en protección, promoción y restitución) garantiza derechos. Justicia solo interviene en un conflicto penal

Derechos de los niños: Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo. Derecho a la identidad; a la igualdad sustantiva; a la educación, al juego y al esparcimiento; derecho de participación; a aprender; de saber y de jugar.

¿Cómo influye en el acceso a los DDNNyA? Enseñanza es una tarea artística y política, debe articular una manera de llegar a cada alumno con su singularidad y responder a las necesidades de cumplir con ciertas prescripciones curriculares requeridas por la comunidad. Los alumnos existen en tanto son "cada uno" con su singularidad, su historia, sus posibilidades. La enseñanza y la didáctica deberán pensar cómo llegar a cada uno (tratamiento artesanal de la tarea). Hay una vinculación política porque hay una intención social de transmitir ciertos saberes (hay un ejercicio del poder)

Enseñanza: es una acción política en relación con los derechos. Didáctica: vía para que esa enseña y ese acceso al derecho de aprender tengan lugar

¿Para qué libertad y acceder a derechos? o someter, disciplinar y juzgar? La escuela y el docente abren la puerta del acceso al derecho de aprender, de saber, de jugar por parte de los niños y adolescentes. Es mucho lo que el docente hace que condiciona, direcciona y a veces determina la posibilidad de aprender del otro

Derecho a la educación: a acceder a saberes socialmente válidos (derecho al juego y al esparcimiento). Ley de educación nacional: incluye estos derechos, los regula, los orienta y obliga al estado a su cumplimiento efectivo. (dice que la educación es un bien público, un derecho personal y social garantizado por el estado) Importancia: objeto del desarrollo integral promover respeto por la diversidad cultural; formar para la convivencia democrática; favorecer la participación de la vida cultural; brindar igualdad de oportunidades.

Didáctica: Disciplina que se relaciona con la posibilidad de promover el acceso al saber y con su responsabilidad política. Cuenta con un amplio marco normativo que respalda a los niños como sujetos de derecho. Surge el rol docente (articulador de estos procesos) Docente: desarrolla la tarea de enseñar; adulto que facilita el acceso de los niños y adolescentes a saber, a aprender, al juego, a una buena parte de sus derechos. Clase escolar: alumnos ejercen sus derechos vinculados a aprender, a jugar, a ser incluidos en la cultura, a participar en la vida social.

Situación de clase: escenario cotidiano de ejercicio y aprendizaje de los derechos de cada uno, donde el docente juega un rol decisivo. Aspectos donde el acceso a los derechos está en juego. Participación de los alumnos en el proceso de evaluación. Resolución de conflictos entre los alumnos, de alumnos con los docentes (¿la voz del alumno tiene espacio? ¿de qué manera? o, ¿los conflictos se resuelven por la aplicación de los criterios de autoridad?

Proceso de construcción y cumplimiento de las normas de funcionamiento: hay otros aspectos de las normas que pueden ser territorio compartido, reelaborado, cuestionado y pensado con los alumnos, a los efectos de ayudar a valorizar, comprender y aprender a establecer acuerdos y respetarlos (vinculado con la convivencia)

Propuesta pedagógica: se parte de la heterogeneidad, de la diversidad de posibilidades (básico para garantizar el acceso de todos al derecho de aprender, esencial a la hora de pensar la inclusión. cuestiones de género

Políticas públicas: conjunto de decisiones (tomadas por el estado: legislativo, judicial, ejecutivo) para resolver problemas públicos.

Ciclo de las políticas: 1: Incorporación del problema a la agenda pública, ej: formación docente, profesionalización. 2: Formulación del problema, ej: formación docente. 3: Explicitación de la política pública (se da a conocer). 4: Implementación, ejecución de la política pública (por representante). 5: Seguimiento: evaluación de la política pública.

Derecho a la educación: Las diversas concepciones de igualdad, de oportunidades y de posiciones, han estado presentes en las políticas educativas e incidido en los diseños de las políticas de la educación física y deporte, y la actividad física. El desarrollo integral de las personas es esencial en la función educativa de los estados, implica el derecho a la inclusión y pleno ejercicio de la educación integral, de la actividad física y su práctica deportiva.

En Argentina fue en la última década, lugar importante, políticas educativas "clásicas" o de primera clase. Expansión de la matrícula y el acceso, en busca de oportunidades más equitativas respecto a las diferencias sociales. Equidad: basado en la idea de no otorgar lo mismo a quienes son diferentes y a quienes lo que los caracteriza en la diversidad y la diversidad social (requieren políticas diferenciadas para carencias desiguales en busca de justicia como la igualdad de derechos y de capacidades)

Equidad educativa: comprende el acceso al sistema educativo como a las prácticas deportivo recreativas, y a la actividad física como la permanencia en práctica y ejercicio de tal derecho

Organismos nacionales que desarrollan políticas de actividad física y deportiva: Ministerio de educación, ministerio de desarrollo social (secretaría de deporte)

Hay dos formas de hacer política: Igualdad: "lo mismo para todos". Equidad: Oportunidades diferenciadas para condiciones diferentes (el objetivo es la igualdad)

Medidas gubernamentales de protección integral: (Sin la separación del niño de su familia) Becas de estudio; programas de apoyo escolar; asistencia económica; tratamientos médicos, psicológicos o psiquiátricos de los niños y adolescentes o de sus padres.

Organizaciones públicas de protección de los ddnnya: Sistema de protección integral; consejo federal de la niñez, adolescencia y familia; defensoría de los derechos de niños, niñas y adolescentes Leyes: Asignación universal por hijo y embarazo; ley de prohibición del trabajo infantil; voto optativo para personas de 16 y 17 años.

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