Impuestos sobre Rendimientos del Trabajo y Retenciones para Administradores
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Concepto de Tributación y su Importancia
La tributación se entiende como los pagos que exige el Estado para la financiación de las necesidades colectivas de orden público. La tributación es clave para que el Estado obtenga los recursos necesarios para financiar sus operaciones, servicios públicos y programas sociales.
Los Rendimientos del Trabajo en el IRPF
Los rendimientos de trabajo son las ganancias, ingresos o beneficios que una persona recibe por realizar su trabajo (incluye sueldos, pensiones, etc.). Se encuentran regulados en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF) y de modificación parcial de las leyes del Impuesto sobre Sociedades (IS), sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
Los trabajadores tienen que recibir una nómina donde aparecen reflejados los rendimientos de trabajo; sus ingresos están sujetos a impuestos (tributación). A los rendimientos de trabajo se les aplica el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), entre otros.
Cómputo de Rendimientos Íntegros (Artículo 18 LIRPF)
En el artículo 18 de la LIRPF, nos encontramos que los rendimientos íntegros —aquellos que no tengan carácter de rendimientos de actividades económicas (ingresos por cuenta propia)— se computarán en su totalidad para calcular el impuesto, a no ser que por ley se les aplique algún porcentaje de reducción. En el caso de que se perciba en forma de renta, nunca se les aplica dicha reducción.
Cálculo del Rendimiento Neto y Gastos Deducibles (Artículo 19 LIRPF)
En el artículo 19 de la Ley de IRPF se recoge el rendimiento neto del trabajo. Se trata de la cantidad de ingresos que obtienes por tu trabajo al restar los gastos deducibles. Entre los gastos reconocidos por la ley se encuentran:
- Las cotizaciones a la Seguridad Social o a mutualidades generales obligatorias de funcionarios.
- Las cotizaciones a los colegios de huérfanos o entidades similares.
- Los gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos, con el límite de 300 euros anuales.
Reducciones por Rendimientos Netos Inferiores
En el caso de contribuyentes con rendimientos netos del trabajo inferiores a 16.825 euros, se aplican beneficios siempre que no tengan rentas (excluidas las exentas) distintas de las del trabajo superiores a 6.500 euros.
Remuneración y Retenciones de Administradores y Altos Directivos
En el artículo 217 de la Ley 31/2014, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo, se establece la remuneración de administradores.
Tipos de Retención Aplicables
- Cargo gratuito: Si el cargo de administrador societario es gratuito, la retención del IRPF en este caso será del 15% (o el 7% si estamos en los primeros años de actividad).
- Cargo remunerado: En el caso de que sea un cargo de administrador societario y el estatuto reconozca explícitamente su remuneración, el tipo de retención que se aplica a estas percepciones es del 35%.
- Entidades de reducida dimensión: En el caso de que los rendimientos procedan de entidades con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 100.000 euros, la retención de IRPF que se le aplicará será del 19%.
- Altos directivos: En caso de que se tratase de un administrador con cargo de alto directivo, se aplicará el 35% o el 19% según corresponda.