Impuestos en España: IVA, tipos, principios y elementos clave
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IVA y otras figuras tributarias
El IVA grava el consumo de bienes y servicios; además grava:
- Adquisiciones intracomunitarias de bienes: cuando compramos a un país dentro de la UE.
- Importaciones de bienes: cuando compramos fuera de la UE.
Principios del sistema tributario
- Generalidad: deben contribuir al sostenimiento de los gastos públicos.
- Capacidad económica: se tributa en función de la renta, el patrimonio o el consumo.
- Igualdad: todos los ciudadanos deben pagar esos tributos.
- Progresividad: el esfuerzo fiscal crece a medida que aumenta la riqueza.
- No confiscatoriedad: los tributos no pueden exceder el patrimonio del contribuyente (no más del 50%).
- Legalidad: ningún tributo existe sin una ley que lo cree y regule.
Déficit, tasas y contribuciones
El déficit indica cuánto se gasta de más respecto a lo que se ingresa, comparado con la riqueza del país (su PIB).
Tasas: ejemplos de tasas: terraza (ayuntamiento), renovación de DNI (Estado), matrícula de universidad (comunidad autónoma).
Contribuciones especiales: tributos que se pagan cuando una obra o servicio público aumenta el valor de bienes o beneficia de forma especial.
Tipos de tributos según su naturaleza y ámbito
- Indirectos: gravan el consumo de bienes (IVA, ITP, impuestos especiales).
- Estatales: son recaudados directamente por la administración central (IVA, IRPF, Impuesto de Sociedades).
- Locales: se exigen por los ayuntamientos o diputaciones provinciales.
- Autonómicos: gestionados por las comunidades autónomas; algunas figuras son compartidas con el Estado (por ejemplo, ITP, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones).
- Proporcionales: conforme aumenta la base imponible, el tipo impositivo se mantiene.
- Progresivos: cuanto más aumenta la base imponible, mayor es el tipo aplicable, como en el IRPF.
Cargas sociales y elementos básicos del tributo
- Cargas sociales:
- Lo que pagan los ciudadanos a la Seguridad Social y lo que pagan los empresarios por tener personas contratadas.
- Hecho imponible:
- Sujeto fijado en la ley que determina la obligación de pagar un tributo.
- Sujeto pasivo:
- El obligado que debe cumplir el ingreso de la cuota tributaria (por ejemplo, el empresario).
- Contribuyente:
- Sujeto pasivo que realiza el hecho imponible (por ejemplo, el consumidor de IVA).
- Devengo:
- Momento en el que se realiza el hecho imponible.
- Periodo impositivo:
- Plazo en el tiempo en el que se produce ese hecho.
- Base imponible:
- Valoración del hecho imponible.
- Reducciones:
- Cantidades deducibles de la base imponible.
- Base liquidable:
- Es la base imponible menos las reducciones.
- Tipo de gravamen:
- Cifra que se aplica a la base liquidable para obtener la cuota íntegra.
- Cuota íntegra:
- Resultado de aplicar el tipo de gravamen a la base liquidable.
- Deducciones y bonificaciones:
- Ejemplos: deducciones por vivienda habitual, alquiler, guardería; bonificaciones como las del impuesto sobre el patrimonio.
- Cuota líquida:
- Cuota resultante de restar las deducciones y bonificaciones de la cuota íntegra.
- Retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados:
- Cantidades adelantadas a cuenta de determinados impuestos; por ejemplo, la cantidad que se descuenta del salario de los trabajadores en concepto de IRPF.
- Cuota diferencial:
- Importe resultante de sustraer de la cuota líquida el importe de las retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados.
- Deuda tributaria:
- Cantidad a ingresar por el impuesto en caso de que resulte a favor de la Administración Tributaria.
- REDEME:
- Registro de devolución mensual del IVA.