Historia de la Codificación Liberal en España y el Código Civil de 1889
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Introducción a la Codificación Liberal
1) Los códigos son elementos propagandistas y divulgativos del nuevo régimen. La instrucción pública (educación) es un elemento fundamental de los liberales para consolidar el nuevo régimen. Son elementos que podemos considerar como catecismo político.
Revolución y Codificación
Son fenómenos coetáneos. Primero se da la revolución y después la codificación.
El Paradigma del Derecho Civil
El paradigma es el Derecho Civil. El Código Civil (CC) no es revolucionario en sí mismo. Las leyes concretas que son claramente revolucionarias son:
- Ley de abolición de señoríos jurisdiccionales.
- Leyes desamortizadoras.
- Ley desvinculadora.
- Ley de arrendamientos cortos y de cercado de fincas.
Primera Codificación Liberal
A consulta de la Junta Central de 1808, se evidenció la necesidad de transformar el Ordenamiento Jurídico (OJ) español y la necesidad de reformar las Partidas y la Novísima Recopilación. Esta idea se traslada a la Constitución de 1812 en el artículo 258, que establece la unidad de códigos. No se pudo llevar a cabo ningún código debido a la inestabilidad política del momento.
El primer código liberal es el Código Penal.
El Proyecto de 1821
En el proyecto de Código Civil de 1821 de Nicolás María Gareli, solo se redacta el título primero y los preliminares.
Características de la Codificación
- Legalismo: Se reconoce como fuente de creación civil junto a la ley de costumbre.
- Uniformidad: No permitía la vigencia de otro Derecho Civil, solo el de Castilla.
- Amplitud.
La codificación solo planea el Código Civil (CC), el Código Penal (CP) y el Código Mercantil (CM). El CC adquirirá un carácter generalista, mientras que los otros dos son más sencillos de recopilación.
El Código Civil de 1888-1889
La Constitución de 1869 recupera que los mismos códigos serían para toda la Monarquía. No se quiere renunciar a la igualdad ni a la uniformidad. Se piensa en la posibilidad de que algunas instituciones forales puedan ser generalizadas en el resto de España. La solución es la Ley de Bases sobre la cual se redactaba el CC.
Es un mandato de las Cortes al Poder Ejecutivo para que desarrolle una ley articulada. En 1885 se aprueba la Ley de Bases de Silvela, que establece la solución al problema foral.
Se realizó una nueva redacción del Código Civil en 1888 y se aprobó porque respetaba los derechos forales. La solución se encontró en los artículos 12 y 13.
Después, en 1943, Franco aprueba sustituir la fórmula de los apéndices por las compilaciones.