Gestión de Afiliación, Altas y Documentación Laboral en la Seguridad Social

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Afiliación y alta de los trabajadores

1. Formas de afiliación a la Seguridad Social

  • Afiliación a petición de la empresa.
  • Afiliación a instancia de las personas trabajadoras.
  • Afiliación de oficio.

2. ¿Quién debe dar de alta a los trabajadores?

El empresario.

3. ¿Qué gastos supone al empresario?

Los pagos mensuales de la cuota patronal a la Seguridad Social por cada empleado.

4. Firmas en los partes de alta, baja y variación de datos

En el parte de alta y en la variación de datos constarán las firmas del empresario y del trabajador. En el parte de baja, solo constará la del empresario.

5. Número de afiliación a la Seguridad Social

Cada trabajador posee un número único que consta de 11 cifras.

6. Descomposición del número de afiliación

Las 2 primeras cifras corresponden a la provincia donde se afilia, las 7 siguientes al número de afiliación y las 2 últimas son dígitos de control.

7. Plazo para comunicar el cese de un trabajador

Dentro del plazo de los 6 días naturales.

8. Plazos de presentación de alta según el régimen

  • Autónomos: 30 días.
  • Agrario: 6 días.
  • Empleados del hogar: 6 días.
  • Minería del carbón: Previa.
  • Mar: Previa, salvo excepción.

Libro de visitas y conservación de documentos

1. Conservación de los libros de visitas

Los empresarios deben conservar los libros de visitas durante un plazo mínimo de 5 años a partir de la fecha de la última diligencia. La ausencia de estos será motivo de sanción.

2. Sustitución por el libro de visitas electrónico

Sí, se permite la sustitución del libro de visitas tradicional por el formato electrónico.

3. Conservación de documentación laboral

Las empresas deben conservar durante 4 años la documentación relativa a la inscripción de la asociación para la protección de accidentes y enfermedades profesionales, los documentos de afiliación de los trabajadores y los partes de altas, bajas y comunicaciones de variaciones de datos.

4. Documentación tras la selección del candidato

Una vez seleccionado el candidato, se debe cumplimentar el contrato de trabajo, que incluirá: datos de la empresa, datos del trabajador, categoría profesional, jornada laboral, retribución, duración del contrato, vacaciones, periodo de prueba, firma de las partes y otras cláusulas que no contravengan la ley.

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