Fundamentos y Tipos de Contratos Mercantiles: Conceptos Esenciales
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Tipos de Contratos Mercantiles
Contrato de Compraventa Mercantil
- Objeto: La cosa objeto de compraventa debe ser un bien inmueble.
- Reventa: La venta de bienes inmuebles se realiza con ánimo de lucro para una posterior reventa.
- Ánimo de lucro: Debe existir una intención clara de obtener beneficio en la reventa.
Contrato de Venta Salvo Aprobación
Son aquellas ventas en las que la mercancía no se tiene a la vista ni puede clasificarse por una calidad determinada y conocida en el comercio. El comprador puede rescindir el contrato si esta no le satisface. La aceptación del contrato no se produce hasta que el comprador revise la mercancía y tome una decisión.
Incoterms
Se utilizan en el contrato de plaza a plaza; son los términos internacionales de comercio.
Elementos Formales del Contrato
Elementos Personales
Son el vendedor y el comprador, quienes pueden ser personas físicas o jurídicas. Deberán tener reconocida la capacidad legal para obrar (físicas mayores de 18 años, jurídicas a través de personas físicas).
Elementos Formales
- Objeto: Representan el bien o servicio que se entrega y el precio acordado.
- Consentimiento: Es la expresión libre de las voluntades de ambas partes (verbal o escrito).
- Causa: Está constituida por los motivos o necesidades mutuas.
Elementos Materiales
- Bien mueble: Es el objeto a entregar para la posterior reventa.
- Precio: Se establecerá en dinero o en signo que lo represente.
Resolución del Contrato
- Cumplimiento: Ejecución de las prestaciones objeto del contrato por ambas partes. El contrato se ha llevado a cabo según lo estipulado y las obligaciones se han realizado.
- Novación: Las partes acuerdan anular el presente contrato, celebrando otro sustitutorio o novatorio. El nuevo contrato sustituye al anterior.
- Rescisión: Cualquiera de las partes puede pedir la extinción cuando hayan sido lesionados sus derechos y se sienta perjudicada por el incumplimiento de la otra parte.
- Resolución unilateral: Una de las partes puede resolver unilateralmente el contrato cuando la otra parte no haya cumplido con sus obligaciones estipuladas en el contrato.
- Condonación: Una de las partes perdona alguna de las obligaciones de la otra, renunciando a posteriores reclamaciones.