Fundamentos del Sector Público y el Sistema Tributario Español

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Estructura del Sector Público Estatal

El Sector Público Estatal se compone de las siguientes entidades:

  • Estado
  • Organismos autónomos administrativos
  • Seguridad Social
  • Empresas públicas

Funciones del Sector Público

A medida que el Sector Público se vuelve más complejo, asume las siguientes funciones esenciales:

  • Asignativa: Favorecer la eficiencia económica contribuyendo a una asignación adecuada de los recursos.
  • Distributiva: Lograr una mejor distribución de la renta a través del sistema impositivo y las transferencias.
  • Estabilizadora: Alcanzar objetivos de política económica como la estabilidad de precios, el máximo nivel de empleo, el crecimiento sostenido y el equilibrio externo.
  • Reguladora: Establecer el marco normativo y legal necesario para el funcionamiento del sistema.
  • Coordinadora: Armonizar todas las funciones para evitar conflictos entre ellas.

Jerarquía Normativa Tributaria

  1. La Constitución Española.
  2. Los tratados y convenios internacionales.
  3. Normas comunitarias (UE).
  4. La LGT (Ley General Tributaria) y las leyes reguladoras de cada tributo.
  5. Reglamentos generales.
  6. Órdenes ministeriales.
  7. El derecho supletorio.

Conceptos de Doble Imposición

  • Doble imposición jurídica: Cuando la renta obtenida por una persona es gravada dos veces por impuestos de igual naturaleza.
  • Doble imposición económica: Cuando la misma renta es gravada dos veces por dos impuestos de igual naturaleza en manos de dos personas distintas.

El Sujeto Pasivo

Se define como sujeto pasivo al obligado tributario que, según la ley, debe cumplir la obligación tributaria principal, así como las obligaciones formales inherentes a la misma, ya sea como contribuyente o como sustituto:

  • Contribuyente: El sujeto pasivo que realiza el hecho imponible.
  • Sustituto: El sujeto pasivo que, por ley, está obligado a ingresar la cuota tributaria y cumplir con las obligaciones formales.

Tipos de Gravamen

  • Tipo de gravamen específico: Opera sobre bases imponibles impropias y se expresa en unidades monetarias por unidad fija (ej. en el impuesto especial sobre el alcohol, el tipo de gravamen es de 754,77 € por hectolitro de alcohol puro).
  • Tipo de gravamen ad valorem: Es el porcentaje o alícuota aplicable a la base para calcular la cuota.

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