Fundamentos de la Relación Laboral y el Ordenamiento Jurídico en España
Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en
español con un tamaño de 2,84 KB
Relación Laboral
Se define como la relación existente entre un trabajador y un empresario en la que el primero se compromete personal y voluntariamente a prestar sus servicios profesionales al segundo a cambio de un salario.
Características principales
- Voluntaria
- Por cuenta ajena
- Remunerada
- Personalísima
- Dependiente
Relaciones laborales especiales
- Personal de alta dirección
- Trabajadores al servicio del hogar
- Presos o penados
- Deportistas profesionales
- Artistas en espectáculos públicos
- Intervinientes en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios
- Trabajadores discapacitados que presten servicios específicos de empleo
- Estibadores portuarios
- Cualquier otro trabajo expresamente declarado como relación laboral de carácter especial
Ordenamiento Jurídico
Es el conjunto de normas y principios jurídicos que rigen una sociedad.
Fuentes materiales
La sociedad, el Estado, las comunidades autónomas, los representantes de los trabajadores y los empresarios.
Fuentes formales (Tipos de normas)
La Constitución, leyes y normas con rango de ley (ley orgánica, ordinaria, decreto legislativo, decreto-ley), reglamento, convenio colectivo, contrato de trabajo, usos y costumbres locales y profesionales.
Fuentes del ámbito internacional
- Derecho comunitario (originario o derivado)
- Tratados internacionales
Principios del Derecho Laboral
- Principio de jerarquía normativa: Derecho comunitario, Constitución, tratados internacionales, ley orgánica, ley ordinaria, decreto-ley, decreto legislativo, reglamento, convenio colectivo, contrato de trabajo, usos y costumbres locales y profesionales.
- Principio pro operario: Cuando una norma no es clara, se aplica la interpretación que más favorece al trabajador.
- Principio de norma más favorable: Si se pueden aplicar dos o más normas, se aplicará la que en su conjunto y en cómputo anual favorezca más al trabajador, aplicándose la norma en toda su complejidad.
- Principio de condición más beneficiosa: Si se aprueba una norma que establece peores condiciones que las disfrutadas en virtud de un contrato, prevalecen las del contrato.
- Principio de norma mínima: Una norma inferior no puede empeorar la condición mínima que deben disfrutar los trabajadores, pero sí puede mejorarlas.
- Principio de irrenunciabilidad de derechos: Los trabajadores no pueden renunciar a los derechos indispensables que les otorgan las normas.