Fundamentos del Ordenamiento Jurídico Español: Concepto, Ramas y Principios de Aplicación Normativa

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Definición del Derecho

El Derecho es un conjunto de normas y principios inspirados en las ideas de justicia y orden que regulan la convivencia de una sociedad. Si estas normas no se cumplen voluntariamente, el Estado está legitimado para imponerlas y sancionar su incumplimiento.

Características Fundamentales del Derecho

  • Normatividad: Es un conjunto de normas de diferente rango (leyes, reglamentos, órdenes ministeriales, decretos, etc.).
  • Bilateralidad: Establece reglas para resolver conflictos, coordinando intereses individuales y colectivos para garantizar el orden social.
  • Imperatividad: Impone conductas obligatorias a todos los ciudadanos, incluido el Estado.
  • Coercibilidad: El Estado puede sancionar a quien incumpla las normas (incluido él mismo).

Funciones Esenciales del Derecho

  • Orientación y control de conducta social.
  • Resolución de conflictos: Utiliza instrumentos extrajudiciales (mediación, arbitraje, conciliación) o tribunales de justicia.
  • Promoción de justicia y bienestar: Incentiva conductas a través de incentivos.
  • Organización del poder: Define la estructura de los poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo, Judicial).
  • Mejora del derecho: Define el papel de legisladores, jueces, juristas, abogados, notarios y funcionarios.

Clasificación de las Ramas del Derecho

A. Derecho Público

Regula las relaciones en las que interviene el Estado o los organismos públicos en posición de superioridad frente a la ciudadanía.

Derecho Constitucional
Regula los Derechos fundamentales, la organización de los poderes del Estado y los estatutos de autonomía (ej. Constitución de 1978).
Derecho Administrativo
Regula el funcionamiento de la Administración Pública y sus relaciones con los ciudadanos (ej. Ley de Procedimiento Administrativo Común + Ley de Régimen Jurídico del Sector Público de 2015).
Derecho Penal
Define los delitos (grave, menos grave, leve), las sanciones y la compensación a las víctimas (ej. Código Penal de 1995).
Derecho Tributario/Fiscal
Se encarga de la creación, recaudación y liquidación de impuestos (ej. Ley General Tributaria de 2003).
Derecho Procesal
Regula la resolución de conflictos mediante el proceso judicial (ej. Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985).
Derecho Internacional Público
Regula las relaciones entre estados y organizaciones internacionales, buscando la paz y la cooperación.

B. Derecho Privado

Regula las relaciones entre particulares, donde ambas partes actúan en un plano de igualdad.

Derecho Civil
Regula la vida diaria: relaciones familiares, propiedad, herencias, contratos y patrimonio (ej. Código Civil).
Derecho Mercantil
Regula la actividad comercial y los actos de comercio (ej. Código de Comercio).
Derecho Internacional Privado
Regula las relaciones entre ciudadanos de varios estados, determinando qué ley y autoridad son competentes.
Derecho Laboral
Regula las relaciones entre trabajadores y empresas: derechos, obligaciones, condiciones laborales, convenios colectivos y huelga (ej. Estatuto de los Trabajadores, RD Legislativo de 2015).

Fuentes del Derecho

Las Fuentes del Derecho son las formas en que se crea y manifiesta el ordenamiento jurídico. Según el Código Civil (art. 1.1) se clasifican en:

  • Fuentes directas: Incluyen las primarias y las subsidiarias.
  • Fuentes indirectas: Incluyen la jurisprudencia, los tratados internacionales y la doctrina científica.

Principios de Aplicación Normativa

Estos principios rigen la forma en que las normas deben ser interpretadas y aplicadas en caso de conflicto:

  • Jerarquía Normativa: Establece el orden de prevalencia: Constitución > leyes > reglamentos > costumbre > principios generales. Las normas inferiores no pueden contradecir las superiores.
  • Competencia: Cuando existe conflicto entre normas del mismo rango, pero procedentes de órganos distintos, se atribuye la potestad al órgano competente.
  • Cronológico: Entre normas del mismo rango, prevalece la más reciente.
  • Especialidad: La norma especial prevalece sobre la general.

Fuentes Directas Primarias: La Constitución Española

Son normas escritas que proceden de órganos con potestad para elaborarlas.

La Constitución Española es la primera fuente del derecho y prevalece sobre todas las demás normas. Regula los derechos fundamentales, las libertades básicas y la organización de los poderes del Estado. El Tribunal Supremo garantiza su supremacía.

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