Fundamentos del Ordenamiento Jurídico Español: Concepto, Ramas y Principios de Aplicación Normativa
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Definición del Derecho
El Derecho es un conjunto de normas y principios inspirados en las ideas de justicia y orden que regulan la convivencia de una sociedad. Si estas normas no se cumplen voluntariamente, el Estado está legitimado para imponerlas y sancionar su incumplimiento.
Características Fundamentales del Derecho
- Normatividad: Es un conjunto de normas de diferente rango (leyes, reglamentos, órdenes ministeriales, decretos, etc.).
- Bilateralidad: Establece reglas para resolver conflictos, coordinando intereses individuales y colectivos para garantizar el orden social.
- Imperatividad: Impone conductas obligatorias a todos los ciudadanos, incluido el Estado.
- Coercibilidad: El Estado puede sancionar a quien incumpla las normas (incluido él mismo).
Funciones Esenciales del Derecho
- Orientación y control de conducta social.
- Resolución de conflictos: Utiliza instrumentos extrajudiciales (mediación, arbitraje, conciliación) o tribunales de justicia.
- Promoción de justicia y bienestar: Incentiva conductas a través de incentivos.
- Organización del poder: Define la estructura de los poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo, Judicial).
- Mejora del derecho: Define el papel de legisladores, jueces, juristas, abogados, notarios y funcionarios.
Clasificación de las Ramas del Derecho
A. Derecho Público
Regula las relaciones en las que interviene el Estado o los organismos públicos en posición de superioridad frente a la ciudadanía.
- Derecho Constitucional
- Regula los Derechos fundamentales, la organización de los poderes del Estado y los estatutos de autonomía (ej. Constitución de 1978).
- Derecho Administrativo
- Regula el funcionamiento de la Administración Pública y sus relaciones con los ciudadanos (ej. Ley de Procedimiento Administrativo Común + Ley de Régimen Jurídico del Sector Público de 2015).
- Derecho Penal
- Define los delitos (grave, menos grave, leve), las sanciones y la compensación a las víctimas (ej. Código Penal de 1995).
- Derecho Tributario/Fiscal
- Se encarga de la creación, recaudación y liquidación de impuestos (ej. Ley General Tributaria de 2003).
- Derecho Procesal
- Regula la resolución de conflictos mediante el proceso judicial (ej. Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985).
- Derecho Internacional Público
- Regula las relaciones entre estados y organizaciones internacionales, buscando la paz y la cooperación.
B. Derecho Privado
Regula las relaciones entre particulares, donde ambas partes actúan en un plano de igualdad.
- Derecho Civil
- Regula la vida diaria: relaciones familiares, propiedad, herencias, contratos y patrimonio (ej. Código Civil).
- Derecho Mercantil
- Regula la actividad comercial y los actos de comercio (ej. Código de Comercio).
- Derecho Internacional Privado
- Regula las relaciones entre ciudadanos de varios estados, determinando qué ley y autoridad son competentes.
- Derecho Laboral
- Regula las relaciones entre trabajadores y empresas: derechos, obligaciones, condiciones laborales, convenios colectivos y huelga (ej. Estatuto de los Trabajadores, RD Legislativo de 2015).
Fuentes del Derecho
Las Fuentes del Derecho son las formas en que se crea y manifiesta el ordenamiento jurídico. Según el Código Civil (art. 1.1) se clasifican en:
- Fuentes directas: Incluyen las primarias y las subsidiarias.
- Fuentes indirectas: Incluyen la jurisprudencia, los tratados internacionales y la doctrina científica.
Principios de Aplicación Normativa
Estos principios rigen la forma en que las normas deben ser interpretadas y aplicadas en caso de conflicto:
- Jerarquía Normativa: Establece el orden de prevalencia: Constitución > leyes > reglamentos > costumbre > principios generales. Las normas inferiores no pueden contradecir las superiores.
- Competencia: Cuando existe conflicto entre normas del mismo rango, pero procedentes de órganos distintos, se atribuye la potestad al órgano competente.
- Cronológico: Entre normas del mismo rango, prevalece la más reciente.
- Especialidad: La norma especial prevalece sobre la general.
Fuentes Directas Primarias: La Constitución Española
Son normas escritas que proceden de órganos con potestad para elaborarlas.
La Constitución Española es la primera fuente del derecho y prevalece sobre todas las demás normas. Regula los derechos fundamentales, las libertades básicas y la organización de los poderes del Estado. El Tribunal Supremo garantiza su supremacía.