Fundamentos y Normativa de la Contratación Pública: Ley 9/2017 LCSP

Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 6,21 KB

1. Conceptos clave y normas

  • Contrato Público: Es oneroso (siempre implica un pago) y requiere un acuerdo de voluntades.
  • Ley: Se rige por la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP). Incluye a partidos políticos, sindicatos y patronales.
  • Carácter:
    • Administrativo: Si lo firma una Administración Pública.
    • Privado: Si lo firma el resto del sector público (ej. sociedades mercantiles públicas).
  • Control: La Administración posee prerrogativas para modificar el contrato unilateralmente por interés público. Los litigios se resuelven en el orden Contencioso-Administrativo.

2. Elementos y requisitos

  • Objeto: Debe ser determinado. Está prohibido el fraccionamiento para eludir la publicidad o el procedimiento legal.
  • Precio: Debe ser cierto, expresado en euros, con el IVA como partida independiente.
  • Forma: Siempre mediante documento administrativo. La escritura pública solo se realiza si el contratista la solicita y asume los gastos.
  • Contratista: Requiere capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones (sin delitos fiscales, terrorismo, deudas con Hacienda/Seguridad Social o situación de concurso).
  • Clasificación empresarial: Obligatoria en contratos de obras con valor ≥ 500.000 €, otorgada por la Junta Consultiva.

3. Tipos de contrato

  • Obras: Relacionados con inmuebles o ingeniería. Exige: memoria, planos, pliego, presupuesto, plan de obra y estudio de seguridad/salud.
  • Concesión de obras: Ejecución de obra con derecho a su explotación (ej. peajes).
  • Concesión de servicios: Gestión de un servicio público con explotación económica y asunción de riesgo operacional.
  • Suministro: Compra o arrendamiento de bienes muebles o productos.
  • Servicios: Actividad o resultado específico (limpieza, seguridad, publicidad).
  • Mixtos: Combinan varias prestaciones; se rigen por la normativa de la prestación principal.

4. Expediente y procedimientos

  • Expediente: Documento previo a la licitación que contiene los pliegos (Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas). Es obligatoria la inclusión de al menos una condición ambiental, social o laboral.
  • Tramitación:
    • Ordinaria.
    • Urgente (acelera plazos).
    • Emergencia (inmediata: catástrofes o defensa).
  • Procedimientos:
    • Abierto: Cualquier empresa puede participar. Prohibido negociar.
    • Restringido: Solo empresas invitadas (mínimo 5 empresas). Prohibido negociar.
    • No ordinarios: Con negociación, diálogo competitivo (para casos complejos) o asociación para la innovación (I+D).
  • Contratos menores (Adjudicación directa, sin pliegos):
    • Obras: < 40.000 € (sin IVA).
    • Suministros / Servicios: < 15.000 € (sin IVA).

5. Plazos, garantías y ejecución

  • Publicidad: Se realiza en el Perfil del Contratante. Si supera el umbral europeo, debe publicarse en el DOUE (Diario Oficial de la Unión Europea).
  • Presentación: Mediante sobres cerrados (plicas), secretos y por vía electrónica.
  • Adjudicación: Plazo de 15 días desde la apertura de ofertas.
  • Formalización: Máximo 15 días hábiles desde la notificación.
  • Incumplimiento: Si falla el contratista, se incauta la garantía; si falla la Administración, debe indemnizar por daños.
  • Ejecución: A riesgo y ventura del contratista. Penalizaciones máximas: 10% del presupuesto.
  • Plazos de pago:
    • Legal: 30 días.
    • Retraso > 4 meses: El contratista puede suspender el contrato.
    • Retraso > 8 meses: El contratista puede resolver el contrato y reclamar daños.
  • Extinción: Por cumplimiento (a satisfacción de la Administración) o por resolución (insolvencia, quiebra, mutuo acuerdo, impago de salarios o incumplimiento de convenio).

6. Detalles técnicos y principios

  • Los 4 Principios de la Contratación:
    1. Libertad de acceso a las licitaciones.
    2. No discriminación e igualdad de trato.
    3. Transparencia de los procedimientos.
    4. Eficiencia en el gasto público (estabilidad presupuestaria).
  • Garantías:
    • Provisional: Ya no es obligatoria (solo si la Administración la justifica en el pliego; máximo 3% del presupuesto).
    • Definitiva: Obligatoria para el adjudicatario; importe del 5% del precio de adjudicación (excluido IVA).
  • Perfil de contratante vs. Plataforma: El Perfil es el sitio web de cada órgano de contratación; la Plataforma de Contratación del Sector Público es el nodo central del Estado donde se conectan todos los perfiles para garantizar la transparencia.
  • Órgano de Contratación: Es quien inicia el expediente, adjudica y representa a la Administración (Ministro, Alcalde, etc.). No confundir con la Mesa de Contratación, que es un órgano técnico colegiado encargado de valorar ofertas y proponer al ganador.

Entradas relacionadas: