Fundamentos y Normativa de la Auditoría de Cuentas en España

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1. Concepto de auditoría

Es la actividad de revisión y verificación de las cuentas anuales de una empresa. Su objetivo es la emisión de un informe sobre la fiabilidad de dichos documentos que pueda tener efectos frente a terceros.

2. Clases de auditoría

Según quién la realiza:

  • Externa: la realiza un auditor independiente.
  • Interna: la hace personal de la propia empresa.

Según los objetivos que persigue:

  • Financiera o contable: verifica si la contabilidad refleja la imagen fiel de la empresa.
  • Operativa o de gestión: determina si los recursos se usan de forma eficaz para optimizar el funcionamiento de la empresa.

3. Normas que regulan la auditoría: La Ley de Auditoría de Cuentas (LAC)

Esta normativa establece:

  • Quién puede ejercer como auditor.
  • Las normas que deben seguir los auditores.
  • Las responsabilidades de los auditores.
  • El régimen sancionador en caso de incumplimiento.

4. ICAC: Competencias

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) es un organismo público que se encarga de supervisar la auditoría en España. Sus competencias principales son:

  • Elaborar normas contables y de auditoría.
  • Controlar la actividad de los auditores.
  • Gestionar el ROAC (Registro Oficial de Auditores de Cuentas).
  • Imponer sanciones cuando se incumpla la normativa.

5. Obligatoriedad de la auditoría

Según el Código de Comercio

Cuando el juzgado competente lo estime oportuno.

Según la LAC (Ley de Auditoría de Cuentas)

Están obligadas las entidades que:

  • Cotizan en bolsa.
  • Emitan obligaciones.
  • Sean entidades bancarias o de crédito.
  • Sean compañías de seguros.
  • Reciban subvenciones del Estado.

Según la Ley de Sociedades de Capital

Cuando superen los umbrales (al menos 2 de ellos) durante dos ejercicios consecutivos. Asimismo, los socios que representen al menos el 5% del capital social pueden acudir al registrador mercantil para solicitar que la empresa sea auditada. Los umbrales para la exención son:

  • Que el activo no supere los 3.565.000 euros.
  • Que la cifra de negocio no sea superior a 7.125.000 euros.
  • Que la plantilla no supere los 50 trabajadores.

6. Requisitos para ejercer la profesión de auditoría

Es necesario estar inscrito en el ROAC. Para la inscripción se requiere:

  • Ser mayor de edad.
  • Tener nacionalidad española o de un país de la Unión Europea.
  • Carecer de antecedentes penales.
  • Haber obtenido la autorización del ICAC. Esta se puede conseguir por dos vías:
    • Vía académica: Título universitario, experiencia práctica de 3 años y superar el examen.
    • Vía profesional: Bachillerato o FP superior, formación práctica de 8 años y superar el examen.
  • Depositar una fianza que, para el primer año, es de 500.000 euros por persona.

7. Incompatibilidades del auditor

Existen situaciones en las que NO se puede ejercer como auditor:

  • No se puede ser cargo directivo, apoderado o supervisor de la entidad auditada.
  • Si se posee una participación significativa (por ejemplo, el 20% de las acciones de la empresa).
  • No se pueden recibir comisiones.
  • Si se prestan servicios de abogacía, asesoría o contabilidad a la misma entidad.

8. Nombramiento de los auditores

El nombramiento puede realizarse por:

  • La junta general de la sociedad.
  • El Registrador Mercantil.
  • Nombramiento judicial.

9. Fases de la auditoría y la Carta de Encargo

  1. Estudio previo y contratación: Se formaliza la carta de encargo, que es un contrato entre el auditor y la entidad auditada donde queda recogida la responsabilidad del auditor, el trabajo que se va a realizar, los honorarios, etc.
  2. Planificación.
  3. Ejecución: Llevar a cabo el trabajo de campo.
  4. Emisión del informe.

10. El Informe de Auditoría

Es el documento final en el que el auditor presenta su trabajo y su opinión sobre las cuentas. Contiene una serie de elementos mínimos:

  • Título: "Informe de auditoría de cuentas anuales".
  • Destinatarios: A quién va dirigido.
  • Opinión del auditor.
  • Indicación de que la auditoría se ha realizado conforme a la normativa vigente.
  • Referencia a las responsabilidades del auditor.
  • Declaración de que el auditor es independiente de la entidad.
  • Manifestación de que los objetivos son obtener una seguridad razonable sobre si los estados financieros en su conjunto están libres de incorrección material por fraude o error.
  • Nombre, fecha y firma del auditor.

Tipos de opinión:

  • Favorable: Todo está correcto.
  • Con salvedades: Las cuentas son razonables, pero existe algún aspecto puntual a señalar.
  • Desfavorable: Se han encontrado errores o incumplimientos significativos.
  • Denegada (Abstención): El auditor no manifiesta una opinión por falta de evidencia o limitaciones.

11. Ajustes y reclasificaciones contables

  • Ajustes: Son de carácter cuantitativo y afectan al resultado del ejercicio.
  • Reclasificaciones: Son de carácter cualitativo y no afectan al resultado del ejercicio.

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