Fundamentos Legales de las Sociedades Mercantiles y Procesos de Liquidación

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Examen 1: Derecho Societario

1. Liquidación de sociedades

Tiene por objetivo concluir las operaciones sociales pendientes, cobrar lo que se adeuda a la sociedad, pagar lo que ella deba, vender los bienes de los socios y practicar el reparto del patrimonio social entre los socios.

2. Liquidación no judicial

Es aquella que tiene su origen en cualquiera de las causas de disolución mencionadas anteriormente, incluida la expiración del término de duración de la sociedad.

3. Concursos mercantiles

Es un recurso legal al que acuden las empresas que no están en condiciones de estar al corriente con los pagos a sus acreedores; bajo este procedimiento, pueden buscar acuerdos y reestructurar sus obligaciones.

4. La conciliación y quiebra

Son las etapas fundamentales del concurso mercantil.

Tipos de concurso mercantil

  • Concurso mercantil de comerciante que presta servicios públicos concesionados.
  • Concurso mercantil de las instituciones de crédito.
  • Concurso mercantil de las instituciones auxiliares de crédito.

6. Fusión de sociedades

Es una figura legal mediante la cual dos o más personas jurídicas pasan a formar una sola. En la práctica, esto significa que los activos de una entidad legal pasan a ser propiedad de otra.

7. Disolución

En esta etapa, la sociedad cesa su actividad lucrativa para entrar en un proceso de terminación de operaciones con terceros y dar paso a la liquidación.

8. Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS)

En este tipo de sociedad, los socios pueden ser una o más personas físicas. En ningún caso, las personas físicas podrán ser simultáneamente accionistas de otro tipo de sociedad mercantil si su participación les permite tener el control de la sociedad o de su administración.

9. Capital mínimo en la Sociedad en Nombre Colectivo

No se requiere de un capital mínimo, a diferencia de otros tipos de sociedades mercantiles.

10. Sociedad en Nombre Colectivo

Es aquella que existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden de modo subsidiario, ilimitado y solidariamente de las obligaciones sociales. La razón social se formará con el nombre de uno o más socios y, cuando en ella no figuren los de todos, se añadirán las palabras "y compañía".

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