Fundamentos Legales de la Escritura Pública y Clasificación de Cláusulas Contractuales

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Definición y Formalidades de la Escritura Pública

Artículo 108. La escritura es el instrumento que el Notario asienta en el protocolo para hacer constar un acto jurídico, y que cuenta con la firma y el sello del Notario.

Se tendrá como parte de la escritura el documento en que se consigne el acto jurídico de que se trate, siempre que:

  • Esté firmado por el Notario y por las partes que en él intervengan en cada una de las hojas.
  • Se agregue al Apéndice.
  • Cumpla con los requisitos que señala este capítulo.
  • En el protocolo se levante un acta en la que se haga un extracto del documento indicando sus elementos esenciales.

En este caso, la escritura se integrará por dicha acta y el documento que se agregue al Apéndice. La autorización definitiva y las anotaciones marginales se realizarán solo en el Libro de Protocolo.

Las escrituras se asentarán con letra clara, sin abreviaturas (salvo en caso de inserción de documentos) y sin guarismos, a menos que la misma cantidad aparezca escrita con letras.

Clasificación de las Cláusulas Contractuales

Cláusulas Esenciales

Las cláusulas esenciales son aquellas que determinan la función y consecuencia del contrato; sin ellas, no se producen los efectos pretendidos. Son irrenunciables y definen la configuración de cada figura contractual. Principalmente, refieren al consentimiento y al objeto.

Cláusulas Naturales

Las cláusulas naturales son las que aparecen implícitas en el contrato y se derivan de normas supletorias aplicables por su propia naturaleza. Pueden ser renunciadas o modificadas por acuerdo expreso entre las partes, siempre que la renuncia sea clara y precisa, y no contravenga leyes de orden público ni las buenas costumbres.

Cláusulas Accidentales

Las cláusulas accidentales son aquellas acordadas voluntariamente por las partes y cuya presencia es opcional en el contrato. Si son establecidas por los contratantes, deben derogar una cláusula natural y regirse bajo los términos específicamente estipulados por ellos.

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