Fundamentos Jurídicos y Operativos del Seguro de Crédito

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Seguro de Crédito: Definición y Alcance

El seguro de crédito es aquel contrato mediante el cual el asegurador se obliga a indemnizar al asegurado por las pérdidas que experimente debido al incumplimiento de una obligación de dinero. La aseguradora ofrece servicios de análisis, selección y administración de riesgos de la cartera de clientes, además de servicios de cobranza de créditos impagos.

La aseguradora recibe un porcentaje pactado en el contrato en caso de impago. Adicionalmente, se dispone de una base de datos con la situación financiera de los clientes y la gestión de reclamaciones.

Principios Fundamentales

  • Globalidad: Cubre la totalidad de la venta en cobranza del asegurado.
  • Coaseguro: Porcentaje de cada pérdida asumido por el asegurado.
  • Selección individual de riesgos: Estudio pormenorizado de cada cliente.
  • Cesión de beneficios: El beneficiario de la póliza puede ser distinto al asegurado.

Características y Modalidades

El contrato se caracteriza por la existencia de una prima, la indemnización, la cobertura de impagos y la identificación de deudores (personas naturales o jurídicas). No cubre créditos cuya procedencia o exigibilidad sea impugnada.

Modalidades:

  • Interno o doméstico.
  • A las exportaciones.
  • Con cobertura de riesgo político (guerra, revolución, retrasos por instrucciones gubernamentales, falta de licencias o gastos adicionales de transporte).

Sujetos del Contrato

  • Tomador: Quien paga la prima, firma la póliza y adquiere obligaciones y derechos.
  • Asegurado: Persona física o jurídica expuesta al riesgo.
  • Beneficiario: Titular del derecho a la prestación.
  • Asegurador: Entidad que asume y administra los riesgos a cambio de una prima.

Conceptos Técnicos de Valoración y Gestión

  • Valor de uso: Reposición de un bien por uno de iguales características.
  • Valor a nuevo: Reposición por un bien nuevo.
  • Valor estimado: Valor pactado previamente en la póliza.
  • Valor total: Valor íntegro del equipo.
  • Valor parcial: Indemnización de un porcentaje (ej. 80%).
  • A primer riesgo: Cubre el siniestro sin considerar la proporción respecto al total.
  • Deducible: Parte del riesgo que asume el asegurado.
  • Dejación: Transferencia del objeto del seguro al asegurador tras una pérdida total.
  • Endoso: Modificación de la póliza.
  • Franquicia: Monto mínimo que debe superar el siniestro para ser cubierto.
  • Infraseguro: Cuando la cantidad asegurada es inferior al valor real del objeto.
  • Interés asegurable: Relación económica lícita con la no realización del riesgo.
  • Propuesta: Oferta escrita que detalla coberturas, riesgos, primas y vigencia.

Entes Reguladores

La actividad está supervisada por organismos como la CMF (ex SVS y SBIF), la UAF (Unidad de Análisis Financiero para prevención de lavado de activos), la SAFP (Superintendencia de Pensiones) y el Banco Central.

Clasificación y Reservas

Los seguros se dividen en Seguros Generales y Seguros de Vida. Las reservas técnicas incluyen:

  • Reservas de riesgo: Origen en primas de corto plazo.
  • Reservas matemáticas: Origen en primas de largo plazo.
  • Reservas de siniestros: Pendientes de pago.
  • Reservas adicionales: Para siniestros catastróficos o poco frecuentes.
  • Reservas de descalce: Por diferencias de plazo, tasa o moneda.
  • Reservas de valor de fondo: Cuentas de inversión.

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