Fundamentos Jurídicos y Estructura del Estado Venezolano: Conceptos Clave
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Fundamentos Jurídicos y Conceptos Clave del Derecho Público Venezolano
Bases Legales y Conceptos Fundamentales
Bases Legales de la IPM
Las bases legales de la Instrucción Premilitar (IPM) se fundamentan en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las Leyes Orgánicas y la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar.
El Estado
Se considera el Estado como la integración del territorio, la población y el sistema jurídico-político que lo rige.
Ley Orgánica
Es aquella norma que se requiere constitucionalmente para regular ciertas materias específicas.
Ley de Conscripción y Alistamiento Militar
Es el procedimiento inicial que deben cumplir los ciudadanos venezolanos en edad militar para prestar servicios a la nación.
Educación Integral
Es aquella que contempla, en su justa medida, la totalidad de las funciones humanas.
La Nación
Conjunto de personas de un mismo origen étnico, que generalmente hablan un mismo idioma y comparten una tradición común.
Elementos Constitutivos del Estado
La Población
Se refiere a las personas que se encuentran en un mismo territorio.
El Territorio
El territorio venezolano se subdivide en:
Continental
Es la mayor porción de nuestro espacio territorial y forma un bloque compacto, unido al resto de Sudamérica, comprendida entre la franja de la costa y su línea fronteriza. Su extensión es de 915.175 km².
Insular
Formado por un conjunto de 72 islas e islotes que suman una superficie de 1.270 km².
Espacio Aéreo
Porción de la atmósfera que cubre nuestro territorio continental, insular y marítimo.
Zona Marítima Contigua
Es la extensión de superficie marítima inmediatamente adyacente al mar territorial.
Plataforma Continental
Parte del suelo y subsuelo comprendida desde la costa hasta los 200 metros de profundidad.
El Gobierno
Conjunto de órganos y funciones que existen en un Estado. Los órganos del Estado son:
- Legislativo (Asamblea Nacional)
- Ejecutivo
- Judicial (Tribunal Supremo de Justicia)
- Electoral (Consejo Nacional Electoral - CNE)
- Ciudadano (Fiscal General de la República, Procurador General de la República, Defensor del Pueblo)
Tipos de gobierno mencionados:
- Monarquía
- Aristocracia
- Democracia
Características del Sistema de Gobierno de Venezuela
- Se rige por una Constitución reguladora del orden jurídico.
- Está fundado en la igualdad de clases y ciudadanos ante la ley.
- La soberanía estatal tiene como fuente la voluntad popular.
- Se reconocen los derechos y deberes de los ciudadanos.
- Existe división e interdependencia de los cinco poderes públicos.
Poderes Públicos de Venezuela
Poder Legislativo
Su función es crear la ley y está constituido por la Asamblea Nacional.
Poder Ejecutivo
Su función es cumplir y hacer cumplir la ley, y está constituido por el Presidente de la República y sus ministros.
Poder Judicial
Su función es aplicar la ley y está constituido por el Tribunal Supremo de Justicia y demás tribunales.
Poder Ciudadano
Previene, investiga y sanciona los hechos que atenten contra la ética pública y la moral administrativa. Está constituido por el Consejo Moral Republicano, integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General de la República y el Contralor General de la República.
Poder Electoral
Su función es reglamentar, organizar, administrar y dirigir los actos relativos a las elecciones. Está constituido por el Consejo Nacional Electoral (CNE).
Conceptos Diplomáticos y Consulares
Embajada
Se refiere al cargo o funciones de un embajador, así como a la residencia del mismo, que goza de inmunidad inherente a la extraterritorialidad. También abarca al personal y empleados que integran la representación diplomática de un país y que están a las órdenes de su embajador.
Embajador
Agente diplomático de la categoría superior según el derecho internacional, que representa a un país ante otro gobierno.
Fin de Misión Consular
La misión consular puede finalizar por las siguientes causas:
- Cesación de las relaciones consulares, manifestada en ese sentido por el Estado acreditante.
- Cancelación del cónsul, por medida unilateral adoptada por el Estado receptor en atención a los motivos que estime pertinentes.
- Cesación temporal de la misión consular por causas no imputables directamente al cónsul, tales como jubilación o destitución.