Fundamentos Jurídicos y Alcance de la Libertad de Prensa

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El Concepto de Libertad de Prensa y Expresión

Hablamos de libertad de prensa refiriéndonos a la facultad que tiene toda persona para expresarse a través de los medios de difusión. El presupuesto de ese derecho es la libertad de expresión, motivo por el cual la libre manifestación de las ideas por la prensa es consecuencia de un estado de cosas que permite exteriorizar sin ataduras el pensamiento humano. De manera tal que la libertad de prensa es una especie de un género mucho mayor conformado por la libertad de expresión.

El Rol de la Prensa en el Estado Moderno

Desde hace tiempo, a la prensa se la ha juzgado por tener un rol decisivo en la vida del Estado en cuanto instrumento de control de la actividad del poder. Ese significado se acrecentó notablemente en las últimas décadas con el advenimiento de los llamados medios masivos de comunicación, que permiten conocer al instante los sucesos que se registran en todo el planeta.

Reconocimiento Constitucional e Histórico

En sintonía con esa relevancia, primero las constituciones decimonónicas y luego las contemporáneas han captado su valor declarando literalmente —más allá de su real observancia— el principio liminar de la libertad de prensa.

Marco Normativo en la Constitución Argentina

La Constitución Argentina de 1853-60 dedicó al tema dos reglas básicas contenidas en los artículos 14 y 32, cuando consagró el derecho de expresarse sin censura previa y prohibió toda restricción a la libertad de imprenta. (Art. 14, Art. 32).

La Convención Interamericana de Derechos Humanos

Artículo 13: Libertad de pensamiento y expresión

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa, artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.

2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para asegurar:

  • a) El respeto a los derechos o a la reputación de los demás.
  • b) La protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.

3. No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres o aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.

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