Fundamentos Jurídicos sobre el Abandono, Omisión de Auxilio y Violación
Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho
Escrito el en
español con un tamaño de 3,05 KB
Abandono de personas
El abandono de personas adultas está también castigado y lo comete quien abandonare a su cónyuge o a un ascendiente o descendiente enfermo o imposibilitado, si el abandonado resultare con lesiones graves o muriere a consecuencia del abandono. Es importante considerar que el hecho es delictuoso solo en caso de que la víctima sufra lesiones graves o muera a consecuencia del abandono.
Es indiferente el lugar en que se efectúa el delito.
Omisión de auxilio
Comete esta falta quien no socorriere o auxiliare a una persona que encontrare en despoblado herida, maltratada o en peligro de perecer, cuando pudiere hacerlo sin detrimento propio.
El delito de violación
La violación no es punible por la actividad sexual en sí, sino porque esta se lleva a cabo contra la voluntad de la persona o fuera de cómo se practica normalmente.
El código distingue entre la violación de una persona mayor de 14 años y una violación de una persona menor de esa edad.
Violación en mayores de 14 años
Al respecto, el código establece que comete violación quien accede carnalmente, por vía vaginal, anal o bucal, a una persona mayor de 14 años en alguno de los casos siguientes:
- 1) Cuando se usa fuerza o intimidación.
- 2) Cuando la víctima se halle privada de sentidos, o cuando se aprovecha de su incapacidad para oponer resistencia.
- 3) Cuando se abusa de la enajenación o trastorno mental de la víctima.
Conceptos clave
- Acceso carnal: Es solamente el acceso del pene. Por tanto, el sujeto activo del delito puede serlo solo un hombre; el sujeto pasivo, un hombre o una mujer.
- Fuerza e intimidación: La fuerza es la violencia física ejercida sobre la víctima, y la intimidación es la amenaza de un mal grave con que se logra el acceso carnal.
- Privación de sentidos: Consiste en un estado transitorio de pérdida de la conciencia (ejemplos: ebriedad, estado de drogadicción o sueño).
- Incapacidad de resistir: Se refiere a la incapacidad de resistencia física (por ejemplo, una persona paralítica).
- Trastorno mental: El estado mental de la víctima debe ser conocido por el autor y aprovechado para obtener su acceso carnal.
Violación en menores de 14 años
Respecto de las víctimas menores de 14 años, el acceso carnal constituye violación en todo caso; basta la menor edad.
Consideraciones adicionales
La violación es un delito que se puede cometer entre cónyuges o convivientes. En tal caso, se pone término al proceso cuando lo pide la víctima del delito.
Existe el delito de violación con homicidio, que lo comete quien, con ocasión de la violación, cometiere además el homicidio de la víctima.