Fundamentos de la Gestión de Prevención de Riesgos Laborales y Marco Normativo

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Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales

1. Bloques de gestión en la prevención de riesgos laborales

Las acciones necesarias se agrupan en:

  • Definición e implantación de un sistema de gestión de prevención.
  • Asignación de recursos humanos y materiales.

2. Elementos de un Sistema de Gestión de Prevención

Los componentes principales incluyen: Evaluación de riesgos, Política de prevención, Planificación, Responsabilidades, Formación, Documentación y Auditorías.

3. Contenido de la política en PRL

  • El compromiso de alcanzar un alto nivel de seguridad y salud.
  • La garantía de participación y de información.
  • El derecho de consulta.

4. Actuación activa en prevención

El elemento clave es evaluar los riesgos.

5. Actividades a planificar

  • Información y formación en materia preventiva de los trabajadores.
  • Medidas de emergencia.
  • Vigilancia de la salud.

6. Garantía de formación adecuada

Se garantiza estableciendo el plan de formación correspondiente y a través de procedimientos que identifiquen las necesidades específicas.

7. Asunción de la gestión de riesgos por el empresario

El empresario puede asumir la gestión cuando:

  • La empresa cuenta con menos de 6 trabajadores.
  • Desarrolla su actividad habitualmente en la empresa.
  • Posee la capacidad correspondiente a las funciones preventivas a desarrollar.
  • Las actividades no están incluidas en el Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención.

8. Definición de auditoría

Es una herramienta que permite evaluar el sistema de gestión de la prevención.

Marco Normativo e Institucional

1. Convenios vs. Recomendaciones de la OIT

Los convenios son de obligado cumplimiento, mientras que las recomendaciones establecen pautas o directrices sin carácter obligatorio.

2. Instituciones de la Unión Europea

Destacan el Consejo, la Comisión, el Parlamento Europeo y el Tribunal de Justicia.

3. Consejo Europeo

Es el órgano que integra a los Jefes de Estado o de Gobierno de los países miembros de la UE.

4. Organismos de referencia en PRL

  • Centro de referencia nacional: Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST).
  • Órgano vigilante: Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
  • Control sanitario: Autoridades Sanitarias.

5. Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

No es un órgano colegiado, sino un órgano asesor de las Administraciones Públicas, con secretaría en la Dirección del INSST.

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