Fundamentos Esenciales del Derecho Laboral y la Formalización Contractual
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Conceptos Fundamentales de Formación y Orientación Laboral (FOL)
A continuación, se presenta una recopilación de afirmaciones clave sobre la relación laboral, el contrato de trabajo, la jornada y los derechos de los trabajadores, corregidas y estructuradas para facilitar su estudio.
El Contrato de Trabajo y sus Elementos
- V1: El contrato de trabajo es un acuerdo verbal o escrito por el que una persona, el trabajador, presta sus servicios voluntariamente, por cuenta ajena de otra persona, el empresario, bajo su dirección y a cambio de una retribución.
- V5: La copia básica del contrato de trabajo ha de confeccionarse aunque no haya representante legal de los trabajadores.
- V6: Al empresario se le exige capacidad jurídica y de obrar.
- V15: Los elementos esenciales del contrato son el consentimiento, el objeto y la causa.
- V25: La copia básica del contrato contendrá todos los datos a excepción de los identificativos del trabajador.
- V31: Una de las características del contrato de trabajo es que debe ser consensuado.
- V33: El periodo de prueba debe constar siempre por escrito.
- V36: En el contrato de trabajo debe figurar el convenio colectivo que le resultará de aplicación.
Formalización, Tipos de Contrato y Cláusulas
- F3: Si no hay convenio colectivo que lo recoja, no se puede establecer periodo de prueba en el contrato.
- V23: Los contratos de inserción deben formalizarse obligatoriamente por escrito.
- V26: El contrato indefinido sirve para cubrir necesidades permanentes.
- V27: Para poder contratar temporalmente debe existir causa justa.
- V19: Se podrá hacer un contrato temporal de interinidad, ya que es una de las causas recogidas en la Ley.
- F13: Los contratos de trabajo a domicilio pueden formalizarse verbalmente.
- F29: Los contratos por obra o servicio han de formalizarse verbalmente.
- F7: El pacto de permanencia no podrá ser superior a 2 años.
- F18: Mediante el pacto de no competencia, el trabajador se obliga a permanecer en la empresa por haber recibido formación especializada.
- V30: La Ley establece periodos mínimos de prueba.
- F34: La copia básica deberá ser firmada solamente por la empresa y el representante legal de los trabajadores.
- F24: El objeto del contrato de trabajo es simple.
- F22: Si se extingue el contrato de trabajo durante el periodo de prueba, el trabajador tiene derecho a cobrar indemnización.
Jornada Laboral, Descanso y Horas Extraordinarias
- V17: La jornada laboral es el número de horas, pactadas en el contrato o convenio, durante el cual el trabajador pone a disposición del empresario su actividad laboral.
- V32: No se podrán realizar más de 10 horas de trabajo efectivo diario.
- F4: Todos los trabajadores tendrán un descanso de 15 minutos por cada 6 horas de trabajo, salvo que en el contrato ponga otra cosa.
- V16: Todo trabajador tiene derecho a día y medio de descanso semanal mínimo ininterrumpido.
- V10: No se pueden hacer más de 80 horas extras anuales estructurales.
- V11: Las horas extraordinarias por fuerza mayor son aquellas que se hacen para reparar siniestros o daños en la empresa, y son de obligada realización por el trabajador.
- F21: Los menores de 18 años podrán trabajar en el turno de noche siempre que empiecen a las 20 horas.
- F8: El calendario laboral es un documento que las empresas pueden elaborar o no según acuerden con el representante legal de los trabajadores.
Vacaciones, Permisos y Días Festivos
- V14: Las vacaciones se generan por año natural trabajado y han de ser disfrutadas dentro del año natural en el que se generan.
- V20: El trabajador tiene derecho a conocer con 2 meses de antelación la fecha de sus vacaciones.
- F35: En ningún caso pueden pagarse las vacaciones no disfrutadas.
- F12: Se tiene derecho a 2 días por traslado de domicilio, ampliable a 4 si se precisa desplazamiento.
- F28: Los permisos no retribuidos son derechos que tienen todos los trabajadores por ausentarse del puesto de trabajo, conservando el derecho al cobro del salario.
- F38: El Estatuto de los Trabajadores (ET) establece un máximo de 30 días naturales en concepto de vacaciones.
- F39: Las festividades retribuidas y no recuperables son 15 máximas al año.
- V37: El día 12 de octubre, Día de la Hispanidad, deberá ser respetada como fiesta por todas las Comunidades Autónomas (CC. AA.).
- V40: El día 1 de enero es siempre fiesta en La Rioja.
Otros Aspectos Legales
- V2: Una de las causas para la emancipación, según el Código Civil, tiene lugar por matrimonio del menor.
- F9: Se puede contratar libremente a una persona de 17 años.