Fundamentos del Derecho Público: Responsabilidad, Probidad y Separación de Poderes
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Responsabilidad y Legalidad en el Estado
El Estado es el principal responsable de respetar la Constitución, ejecutando actos conforme al orden jurídico. Tal como establece el artículo 6, la infracción de esta norma generará las responsabilidades y sanciones que determine la ley. El principio de legalidad implica que toda persona con cargo público debe desempeñar su labor estrictamente según las atribuciones y funciones conferidas por el ordenamiento jurídico.
Probidad y Transparencia de la Función Pública
La probidad exige que los funcionarios públicos proyecten una imagen de rectitud y honestidad, respetando la Constitución y el principio de transparencia. Respecto a la reserva de datos, esta solo puede establecerse mediante una ley de quórum calificado. Se distinguen dos dimensiones de la transparencia:
- Transparencia activa: Obligación de los organismos estatales de publicar sus actos de oficio.
- Transparencia pasiva: Derecho de las personas a solicitar y obtener información de cualquier institución pública.
Principio de Separación de Funciones
Este principio establece que los órganos del Estado actúan bajo una investidura formal. Los órganos son grupos de personas que reúnen los requisitos establecidos por la ley. Entre los elementos fundamentales destacan:
- Investidura regular: Requiere un nombramiento formal; desde ese momento, la persona es investida de las funciones que la Constitución le confiere.
- Actuación competencial: El deber de actuar estrictamente dentro del ámbito de competencias definido por la ley.
El concepto de órgano remite al de gobierno, entendido como la dirección suprema y el control de la administración estatal. Para lograrlo, el gobierno se dota de órganos de poder con funciones estatales, los cuales, en el modelo actual, pueden compartir competencias entre sí.
División de los Poderes del Estado
Las funciones generales del Estado se distribuyen entre los órganos existentes, entendiendo al órgano como la instancia que ejecuta el poder del Estado en su ámbito específico. La separación constitucional se organiza de la siguiente manera:
Función Ejecutiva
Consiste en la toma de decisiones del Estado, su administración y la ejecución o cumplimiento de las leyes. Se divide en dos vertientes:
- Función política: Consiste en dirigir al Estado. El titular es el Presidente, quien debe planificar y coordinar las políticas públicas con una visión de largo plazo.
- Función administrativa: Implica ejercer la autoridad y el mando sobre el territorio para asegurar un rendimiento eficiente. Consiste en realizar prácticas para aplicar las leyes, velando por que estas se cumplan en todos los casos conforme al ordenamiento constitucional.