Fundamentos del Derecho Procesal: Organización, Tribunales y Procedimientos
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Derecho Procesal: Definición y Clasificación
El Derecho Procesal es la rama del derecho público que se encarga de estudiar la organización y atribuciones de los tribunales de justicia y los procedimientos judiciales mediante los cuales se resuelven los conflictos entre personas.
I. Clasificación del Derecho Procesal
- Procesal Orgánico: Conjunto de normas que estudia el órgano jurisdiccional y regula la organización de los tribunales de justicia, sus atribuciones y competencias. Históricamente, se denominó Ley de Organización y Atribuciones de los Tribunales de Justicia (LOAT), siendo la primera ley que reguló los tribunales en Chile en 1875.
- Procesal Funcional: Tiene por objeto estudiar el procedimiento judicial, es decir, la forma en que se ordenan y desarrollan las instituciones procesales dentro de un juicio.
II. Características Principales
- Derecho Público: Regula la relación entre las partes (personas naturales o jurídicas) y el órgano jurisdiccional, que forma parte del Estado.
- Autonomía: Desde mediados del siglo XIX, se reconoce como una rama autónoma, diferenciándose del derecho civil tras el desarrollo de la teoría de la acción.
- Instrumental: Sirve como herramienta para hacer efectivos los demás derechos. El derecho procesal no existe por sí mismo, sino para garantizar la aplicación y protección de los derechos sustantivos.
III. Fuentes del Derecho Procesal
Son los medios de donde emanan las normas y principios que regulan esta rama:
1. Constitución Política de la República (CPR)
Regula materias fundamentales como la administración de justicia y las garantías procesales. El Art. 76 reconoce la potestad jurisdiccional, la independencia judicial, el principio de inexcusabilidad y la facultad de imperio.
2. Ley
La ley procesal rige según el tiempo y el espacio. En procesos pendientes, rige el principio in actum (aplicación inmediata). En cuanto al espacio, rige dentro del territorio del Estado, salvo excepciones diplomáticas o marítimas.
3. Tratados Internacionales (TT.II.)
Destacan el Pacto de San José de Costa Rica y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que garantizan el debido proceso y el acceso a la justicia.
4. Autos Acordados
Disposiciones administrativas dictadas por tribunales superiores (Corte Suprema y Cortes de Apelaciones) para mejorar la eficiencia y organización judicial, sin poder regular materias de ley.
5. Fuentes Indirectas
- Doctrina: Opiniones de académicos y juristas.
- Jurisprudencia: Decisiones de los tribunales. En Chile rige el efecto relativo de las sentencias.
- Costumbre: Tiene escasa relevancia en derecho procesal debido al principio de legalidad.
IV. Solución de Controversias
- Autotutela: Justicia por mano propia, generalmente prohibida salvo excepciones (legítima defensa).
- Autocomposición: Las partes solucionan el conflicto por voluntad propia (Transacción, Conciliación, Avenimiento, Desistimiento, Allanamiento).
- Heterocomposición: Un tercero imparcial resuelve el conflicto (Proceso judicial y Arbitraje).
V. El Debido Proceso
Es el conjunto de garantías esenciales para que una decisión judicial sea justa. Incluye el derecho a la defensa, la imparcialidad del juzgador, la igualdad procesal y el derecho a ser juzgado por un tribunal preestablecido por la ley (juez natural).