Fundamentos del Derecho Procesal: Conceptos y Estructura del Sistema Judicial

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Conceptos Fundamentales

El Derecho Procesal es una rama instrumental, de carácter público y ius cogens. Sus elementos básicos son:

  • Acción: Derecho a pedir tutela judicial.
  • Jurisdicción: Poder de juzgar y ejecutar lo juzgado.
  • Proceso: Conjunto de trámites legales.

Requisitos de las partes: Capacidad para ser parte (art. 6 LEC), capacidad procesal (art. 7 LEC), legitimación (art. 10 LEC) y postulación (Procurador representa y Abogado defiende). La competencia se divide en objetiva, funcional y territorial. Las fuentes incluyen la CE, LOPJ, LEC, LECrim, LRJCA y LRJS; la costumbre no es fuente, pero sí los principios generales y la jurisprudencia (de forma indirecta).

Unidad Jurisdiccional y Juez Legal

Según el art. 117 CE, rige el principio de unidad jurisdiccional. Se prohíben los tribunales especiales, salvo la jurisdicción militar. El monopolio jurisdiccional implica que solo los jueces juzgan y ejecutan. El juez debe ser independiente, inamovible, responsable y sometido a la ley. El juez legal (art. 24.2 CE) garantiza que el tribunal exista previamente, sea competente e independiente, prohibiéndose los tribunales ad hoc o ad personam.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)

Es el órgano de autogobierno del Poder Judicial. Su composición incluye al Presidente del TS y 20 vocales (12 jueces y 8 juristas), con mandato de 5 años, mayoría de 3/5 y paridad mínima del 40%. El Pleno está formado por el Presidente y 10 vocales. Sus competencias abarcan nombramientos, presupuesto y régimen disciplinario.

Organización Jurisdiccional y Gubernativa

La estructura jerárquica (solo procesal, según art. 12 LOPJ) se compone de: TS, TSJ, AP/AN, Tribunales de Instancia y Jueces de Paz. La organización gubernativa recae en el CGPJ, Salas de Gobierno, Presidentes y Decanos. La responsabilidad del Estado cubre el error judicial (plazo 3 meses) y el funcionamiento anormal (plazo 1 año).

Tribunales Internacionales

  • TEDH (Estrasburgo): Consejo de Europa, 46 jueces, mandato de 9 años no renovable. Requisitos: loci, materiae, temporis y personae. Demanda en 4 meses tras agotar recursos.
  • TJUE (Luxemburgo): UE, 27 jueces y 11 Abogados Generales. Formaciones: Pleno, Gran Sala y Salas. Recursos: incumplimiento, anulación, omisión, indemnización, casación y cuestión prejudicial.

Carrera Judicial y LAJ

El acceso a la carrera judicial se realiza por oposición, concurso o méritos. Existen incompatibilidades (política, abogacía, comercio), permitiéndose la docencia e investigación. El LAJ (Letrado de la Administración de Justicia) garantiza la legalidad, imparcialidad y fe pública, dictando decretos y diligencias, recurribles mediante reposición y revisión.

Ministerio Fiscal

Defiende la legalidad, los derechos ciudadanos y el interés público. Se rige por los principios de unidad, dependencia, legalidad e imparcialidad. El Fiscal General es nombrado por el Rey a propuesta del Gobierno, oído el CGPJ.

Límites de la Jurisdicción

La jurisdicción es un presupuesto procesal cuya falta conlleva la nulidad. Límites: inmunidad diplomática, Rey y parlamentarios. En el ámbito penal: territorialidad, nacionalidad, bien jurídico y justicia universal.

Tutela Judicial Efectiva

El art. 24.1 CE garantiza el acceso a la justicia, un proceso con garantías, sentencia motivada y ejecución. El derecho a recursos en materia penal es un derecho fundamental del condenado.

Garantías Procesales

La indefensión es la privación ilegítima de defensa no imputable al afectado. El art. 24.2 CE incluye: juez legal, defensa, información de la acusación, principio acusatorio, publicidad, sin dilaciones indebidas, prueba pertinente, no declarar contra sí mismo, presunción de inocencia y dispensa de declarar contra familiares.

Justicia Gratuita

Se basa en umbrales del IPREM según la unidad familiar (2x, 2,5x, 3x o 5x). Incluye abogado, procurador, tasas, peritos y una reducción del 80% en gastos.

Presupuestos y Tipos de Procesos

Presupuestos: juez, partes y objeto. Clasificación: declarativos/ejecución, ordinarios/especiales, plenarios/sumarios, universales/singulares. En penal: ordinario (>9 años), abreviado (≤9 años) y delitos leves.

Principios Rectores

  • Contradicción: Derecho a alegar, probar y defenderse.
  • Igualdad de armas: Equilibrio en alegación, prueba e impugnación.
  • Principio dispositivo: Las partes dominan el derecho y la pretensión.
  • Congruencia: Prohibición de ultra, infra y extra petita y de reformatio in peius.
  • Principio acusatorio: Separación entre instrucción y juicio.

Fases del Proceso

El proceso sigue las fases de alegaciones, prueba, conclusiones, sentencia y recursos. La ejecución es el cumplimiento forzoso, y la tutela cautelar asegura la eficacia de la sentencia.

Actos Procesales y Plazos

Año judicial: 1 sept - 31 julio (agosto inhábil). Horas hábiles: 8-20 (general) y 8-22 (ejecución/comunicación). Plazo es un periodo; término es un momento. Nulidad: falta de jurisdicción, competencia, indefensión o falta de abogado. El incidente de nulidad se resuelve en 20 días, con traslado de 5 días y sin recurso.

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