Fundamentos del Derecho Penitenciario y Procedimiento Administrativo en Chile
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1. Derechos Humanos y Normativa Penitenciaria
- Malos tratos: Actos o penas crueles, inhumanas o degradantes que no lleguen a constituir tortura.
- Uso de la fuerza: Debe aplicarse solo cuando sea estrictamente necesario.
- Discriminación arbitraria: Toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o privados.
- Reglas de Bangkok: Normas relativas al tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para mujeres delincuentes.
2. Régimen y Derecho Penitenciario
- Derecho penitenciario: Conjunto de normas jurídicas que regulan la ejecución de las penas y medidas privativas de libertad.
- Régimen penitenciario: Conjunto de normas que persiguen la consecución de una convivencia ordenada para alcanzar el tratamiento adecuado de los reclusos.
- Finalidad del régimen: En los penados, la reeducación y reinserción social; en los preventivos, retener y custodiar al interno.
- Derechos según Decreto Supremo N° 518: Información, quejas y recursos, horario y regulación de actividades, participación en actividades, asistencia sanitaria, alimentación y religión.
- Derecho a comunicación: Autorización para comunicarse periódicamente con familiares, amigos y representantes de organismos de cooperación penitenciaria.
3. Libertad Condicional y Procedimiento Administrativo
- Requisitos para libertad condicional: Cumplimiento de la mitad de la pena, conducta intachable, aprendizaje de un oficio y asistencia a la escuela.
- Órgano competente: Comisión de Libertad Condicional; en casos de presidio perpetuo calificado, la Corte Suprema.
- Acto administrativo: Decisiones formales de los órganos de la administración del Estado (decretos o resoluciones).
- Plazos administrativos: Se computan en días hábiles.
- Responsabilidad administrativa: Incurre en ella el funcionario público que incumple una obligación o infringe una prohibición propia de su cargo, sancionada con medida disciplinaria.
- Recursos administrativos: Reposición, jerárquico y extraordinario de revisión.
- Principio de probidad: Obligatorio para funcionarios públicos. Se extiende a actuaciones fuera del ejercicio de la función cuando comprometan la imagen o gestión del órgano público.
- Etapas del procedimiento administrativo: Iniciación, desarrollo y finalización.
4. Sistema Procesal Penal y Teoría del Delito
- Sistema procesal penal chileno: Contradictorio y acusatorio.
- Imputado: Persona a quien se atribuye participación en un hecho punible.
- Intervinientes y sujetos procesales: Definidos en el artículo 12 y Título 4 del Libro 1 del Código Procesal Penal, respectivamente.
- Ministerio Público: Responsable del destino y éxito de la investigación.
- Relación policial: Los organismos policiales mantienen una relación de subordinación respecto al Ministerio Público.
- Víctima: Ofendido por el delito cometido por el imputado.
- Elementos estructurales del delito: Acción, tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad.
- Concepto de pena: Consecuencia jurídica penal prevista por el legislador e impuesta por el tribunal competente.
- Penas privativas de libertad: Presidio, reclusión y prisión.