Fundamentos del Derecho Laboral: Contratos, Jornada y Derechos del Trabajador

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Derecho del Trabajador

Derecho del trabajador: Conjunto de normas que regulan las relaciones entre empresarios y trabajadores.

Requisitos de la actividad regulada por el derecho del trabajador

  • Personal: Realizada por el propio trabajador.
  • Dependiente: Bajo el ámbito de organización y dirección de otra persona.
  • Voluntario: Decisión libre del trabajador.
  • Por cuenta ajena: Los beneficios y riesgos recaen en el empresario.
  • Retribuido: A cambio de una compensación económica.

Poderes del Estado y sus funciones

  • Poder ejecutivo: Recae en el Gobierno.
  • Poder legislativo: Encargado de legislar (Cortes Generales).
  • Poder judicial: Administrado por los Tribunales de Justicia.

Ley Orgánica

Regulan los derechos fundamentales y las libertades públicas. Se aprueban por mayoría absoluta.

Reglamentos y su aprobación

Son normas jurídicas de rango inferior a las leyes dictadas por el Gobierno.

Convenio Colectivo y Normativa Europea

Convenio Colectivo

Acuerdo escrito libremente negociado entre los representantes de los trabajadores y de los empresarios.

Reglamentos de la Unión Europea (UE)

Normas de aplicación directa en todos los estados miembros que crean un mismo derecho en toda la Unión Europea.

Sujetos de la Relación Laboral

  • Trabajador: Persona física que desempeña su labor voluntariamente bajo la organización y dirección del empresario.
  • Empresario: Persona física, jurídica o una comunidad de bienes. Son personas físicas los empresarios individuales y personas jurídicas las sociedades en sus diversas clases.

Obligaciones del empresario al contratar

  • Dar de alta al trabajador en la Seguridad Social.
  • Comunicar la contratación al Servicio Público de Empleo.
  • Entregar una copia básica del contrato al representante de los trabajadores.
  • Cotizar a la Seguridad Social.

El Contrato de Trabajo

Forma de contrato

Los contratos pueden ser escritos u orales.

Cláusulas del contrato

  • Denominación y categoría profesional.
  • Lugar de trabajo.
  • Tiempo de trabajo y duración.
  • Retribución (salario).
  • Vacaciones.
  • Plazo de preaviso.
  • Legislación aplicable.
  • Otras cláusulas adicionales.

Tipos de contratos

  • Contratos indefinidos.
  • Contratos temporales.
  • Trabajo a tiempo parcial.
  • Contrato de relevo.
  • Trabajo a distancia.

Empresa de Trabajo Temporal (ETT)

Consiste en prestar o poner a disposición de otra empresa, llamada empresa cliente o usuaria, a un trabajador con carácter temporal para su contratación.

Jornada Laboral y Periodos de Descanso

Descansos obligatorios

  • Descanso diario entre jornadas: Mínimo de doce horas entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente.
  • Descanso semanal: Mínimo de un día (o día y medio según convenio).
  • Descanso en jornada continua: Obligatorio cuando la jornada excede de seis horas.

Reducción de la jornada

La jornada podrá reducirse entre un 10% y un 70% por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Horas extraordinarias

Cada hora de trabajo efectivo que se realice sobrepasando la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo. El máximo legal es de 80 horas al año.

Salario y Retribución

Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

Cantidad mínima que puede percibir un trabajador por una jornada legal de trabajo de 40 horas semanales.

IPREM

IPREM: Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo).

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