Fundamentos del Derecho Laboral: Características, Fuentes y Principios
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Características de la Relación Laboral Ordinaria
- Personal: El trabajo debe ser desarrollado por el trabajador personalmente.
- Voluntaria: El trabajo debe ser realizado de manera voluntaria.
- Remunerada: El trabajo debe ser retribuido económicamente.
- Dependiente: El trabajador tiene que aceptar las decisiones de la empresa.
- Por cuenta ajena: El resultado del trabajo es propiedad de la empresa.
Fuentes Internacionales del Derecho Laboral
- Reglamentos comunitarios: Normas de aplicación directa en cualquier Estado de la UE.
- Directivas comunitarias: Normas que permiten que cada Estado, en un plazo determinado, alcance los objetivos mínimos establecidos en dicha norma.
- Convenios de la OIT: Normas obligatorias para los países miembros que los hayan ratificado.
- Tratados internacionales: Acuerdos entre dos o más países que se comprometen a cumplir lo firmado.
Principios Fundamentales del Derecho del Trabajo
- Principio de norma mínima: La norma de rango superior establece el contenido mínimo que debe ser respetado por las normas de rango inferior.
- Principio de norma más beneficiosa: Si una norma nueva establece condiciones peores que la anterior, se mantendrán las condiciones mejores anteriores.
- Principio de norma más favorable: Si existen dos o más normas que regulan el mismo tema, se aplicará la más favorable en su conjunto.
- Principio in dubio pro operario: Si una norma se puede interpretar de diferentes formas, se aplicará la más favorable.
- Principio de irrenunciabilidad de derechos: Ningún trabajador puede renunciar a los derechos que le reconocen las normas.
Facultades del Empresario
Poder de dirección
Facultad para decidir la realización de la actividad laboral; incluye el derecho a realizar modificaciones no sustanciales en el contrato de trabajo para adaptarlo a las necesidades de la empresa.
Poder disciplinario
Facultad para imponer sanciones a los trabajadores en caso de que cometan una falta o infracción en las normas o en el convenio colectivo.
Poder de vigilancia y control
Facultad de utilizar medidas para vigilar y controlar que los trabajadores cumplan con sus obligaciones y deberes laborales, siempre respetando su intimidad y dignidad.
Registros
Se permite el registro de los efectos particulares y la taquilla del trabajador dentro del centro de trabajo cuando exista la sospecha de que esté atentando contra la propiedad privada, siempre durante el horario laboral y acompañado de un representante de los trabajadores.