Fundamentos del Derecho Laboral: Características, Fuentes y Jurisdicción

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El Derecho Laboral: Características de la Relación Laboral

El trabajo, para ser considerado laboral, debe cumplir con las siguientes características fundamentales:

  • Personal: El trabajo es de carácter personal; no puede ser ejercido por otra persona distinta de la que se acuerda en el contrato.
  • Voluntario: El trabajador ha de ser libre durante el desarrollo de toda la relación laboral.
  • Por cuenta ajena: Se trabaja para otra persona a la cual se cede el fruto del trabajo, cobrando a cambio un salario.
  • Dependiente: El empresario es el que ordena cuándo, dónde y cómo ha de realizarse el trabajo.
  • Retribuido: Toda actividad laboral ha de ser remunerada, lo que excluye la realizada de forma gratuita.

Fuentes del Derecho del Trabajo

Las fuentes del derecho del trabajo presentan características especiales respecto al resto del ordenamiento jurídico. Existen fuentes específicas que regulan esta materia, tales como los convenios colectivos, los contratos de trabajo y las costumbres locales y profesionales.

Jerarquía Normativa

  • Constitución: Recoge los derechos fundamentales, los derechos y libertades de los ciudadanos, y los principios rectores de la política económica y social.
  • Ley Orgánica: Regulan las materias relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, así como la aprobación de los Estatutos de Autonomía y la Ley General Electoral.
  • Ley Ordinaria: Son todas las leyes aprobadas por las Cortes Generales que no tienen el carácter de orgánicas.
  • Decreto Ley: La Constitución establece que, en caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones que tomarán la forma de decretos leyes.
  • Decreto Legislativo: Las Cortes Generales pueden delegar en el Gobierno la facultad de dictar normas jurídicas con rango de ley. Pueden ser textos articulados y textos refundidos.

Principios de Aplicación de las Normas Laborales

Estos principios marcan la aplicación de la jerarquía normativa en el ámbito laboral:

  • Norma mínima: Establece el suelo de derechos garantizados.
  • Norma más favorable: Se aplica la norma que resulte más beneficiosa para el trabajador.
  • Irrenunciabilidad de derechos: Los derechos reconocidos por ley son indisponibles.
  • Condición más beneficiosa: Respeto a las mejoras pactadas individualmente.
  • In dubio pro operario: En caso de duda, se interpretará la norma a favor del trabajador.

La Jurisdicción Laboral

El sistema judicial laboral se organiza de la siguiente manera:

  • Tribunal Supremo: Tiene su sede en Madrid y es el órgano con más poder, con jurisdicción en todo el territorio nacional.
  • Audiencia Nacional: Con sede en Madrid, tiene jurisdicción en toda España.
  • Tribunales Superiores de Justicia: De las comunidades autónomas, con jurisdicción territorial en sus respectivas autonomías.
  • Juzgado de lo Social: Con jurisdicción en toda la provincia y sede en su capital.

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