Fundamentos del Derecho: Historia, Estructura y Derechos Humanos

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Orígenes del Derecho

El término **fuente** se aplica en derecho para: a (designar los órganos o entes que crean el derecho). En derecho podemos distinguir entre: fuentes de producción y fuentes de conocimiento. En la historia de los derechos antiguos ocupa una posición preeminente el **derecho romano**. La **Constitución** republicana era un modelo de equilibrio entre los patricios y plebeyos. En la época de expansión imperial, el **Ius Civile** está influido por el **Ius Pentius**. Con la caída definitiva del Imperio Romano de Occidente en el año 476 d.C., el **Imperio Romano** continúa en Bizancio. El **Corpus Iuris** de Justiniano está formado por: **Digestos**, **Código** y las **Novelas**. Las tendencias estilísticas culturales son: **Clasicismo** y **Vulgarismo**. Después de las invasiones de los godos, la obra de mayor influencia es el **Brevario de Alarico** o **Lex Romana Visigothorum**. El **derecho medieval** se caracteriza por la **diversidad** de fuentes y ordenamientos territoriales y locales. Durante la **Reconquista**, las costumbres sociales hacen que se vuelva a un primitivismo jurídico donde predomina el uso de la fuerza. El **Código de las Siete Partidas** es obra de **Alfonso X**. La **Constitución romana** en la época monárquica tenía los siguientes órganos: **Rey**, **Senado** y **Asamblea Popular**.

Estructura del Derecho

La **Constitución** de 1978 presenta aspectos novedosos respecto a nuestro derecho constitucional histórico en las siguientes materias: enuncia un determinado modelo de sistema económico y configura el llamado **Estado de Autonomías**. El concepto de **Administraciones Públicas** incluye: la administración local, diputaciones provinciales y autonomía. El **principio de legalidad penal** proporciona seguridad jurídica y permite conocer los hechos tipificados como delitos y faltas. La llave que permite el inicio de un proceso es la **acción judicial**. Las fuentes principales de producción del **derecho internacional público** son: los estados y las organizaciones internacionales, principalmente la **ONU**. Los contenidos que sistematizan en la actualidad el **derecho civil** proceden en su origen de las llamadas **Instituciones de Gayo** del siglo II. La regulación de la separación y disolución del vínculo matrimonial se estudia por la siguiente rama del derecho civil: el **derecho de familia**. Dentro del derecho **hereditario** pueden establecerse dos grandes categorías: la **sucesión testamentaria** y la **ab intestato** o sucesión legal. La premisa indispensable para la existencia del **derecho mercantil** es la existencia de **libre mercado** y el libre ejercicio del comercio. El trabajo objeto del **derecho laboral** debe cumplir dos requisitos: ser un trabajo productivo y realizarse por cuenta ajena.

Derecho Patrimonial

Los **derechos reales** pueden clasificarse en dos grandes categorías: la **propiedad** y los **derechos reales de cosa ajena**. El **usufructuario** ostenta el derecho de uso y el derecho de disfrute de la cosa, que consiste en hacerse propietario de los frutos producidos por la misma. Los elementos esenciales del concepto de **patrimonio** son los siguientes: conjunto unitario, relaciones jurídicas de contenido económico, atribuidas a un sujeto con capacidad jurídica. El artículo 1088 del **Código Civil** afirma que: "Toda obligación consiste en dar, hacer o no hacer alguna cosa". En las **Instituciones de Gayo**, se afirma que las obligaciones se dividen en dos clases: las nacidas de un contrato o de un delito. Las obligaciones solidarias son aquellas en que cada uno de los acreedores está facultado para exigir a cada uno de los deudores el cumplimiento íntegro de la prestación. Los requisitos que debe cumplir una prestación como contenido de la obligación son los siguientes: ser posible, lícita, determinada o determinable y de contenido patrimonial. La responsabilidad contractual se exime en los siguientes casos: en los supuestos de **caso fortuito** o **fuerza mayor**. Son elementos reales del contrato de **compraventa**: la cosa y el precio. Afirmar que la compraventa es un contrato oneroso significa que las prestaciones recíprocas de comprador y vendedor se encuentran en un cierto equilibrio económico que responde al mutuo interés de los intervinientes.

Persona, Familia y Herencia

La **capacidad de obrar** es la que debe tenerse para realizar ciertos actos jurídicos. ¿Cuál de estas reglas les parece más justa? Solo se tiene por nacido si tiene figura humana y vive 24 horas separado de la madre. Debe ser protegida la vida del feto después de tres meses de embarazo. La mayoría de edad se alcanza a los 18 años. Un menor puede ser emancipado a los 16. Las discapacidades pueden tener un patrimonio propio. Los extranjeros para ser considerados españoles deben tener la **nacionalidad**. Tienen los extranjeros los mismos derechos que los españoles, dependiendo de lo que dispongan las leyes especiales y los tratados. Son **personas jurídicas**: las asociaciones, corporaciones y fundaciones. La capacidad civil de las fundaciones se regula por las leyes que las crean. La **familia nuclear** es la familia formada por marido y mujer y los hijos y familiares que viven bajo el mismo techo. Las normas sobre el derecho de la familia son derecho privado. La familia está regulada por el **Código Civil**, la **Constitución** y las leyes especiales. La familia **pecuniaria** significa los bienes de producción. La finalidad principal del matrimonio clásico era la procreación y educación de los hijos. Todos los hijos tienen iguales derechos si la filiación es matrimonial, no matrimonial y adoptiva. La prestación de alimentos comprende, si es un menor, asistencia médica y también la educación e instrucción. La **patria potestad** la ejerce el padre y la madre. El matrimonio romano clásico requería la **affectio maritalis** y el **honor matrimonii**. El derecho canónico requiere para que exista matrimonio el **consentimiento inicial**. La **Constitución Española** dispone que el hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica. La admisión del matrimonio entre homosexuales es de la ley del año 2005. La extinción del matrimonio se produce por muerte, divorcio y separación. Para solicitar la separación es necesario que desde la celebración transcurran tres meses. Para solicitar el divorcio es necesario que se pida por ambos o por uno si existe separación previa. Las capitulaciones pueden hacerse antes y después del matrimonio. Los **regímenes económicos matrimoniales** son: sociedad de gananciales, participación de bienes y separación de bienes. Cuando no se realizan capitulaciones, el régimen aplicable es el de sociedad de gananciales. Los bienes privativos que el cónyuge adquiere por herencia o donación no se consideran bienes gananciales. Pueden donarse los contrayentes bienes futuros solo en el caso de muerte. La herencia comprende no solo los bienes sino también las deudas. La sucesión por causa de muerte puede ser testamentaria y legítima. La legítima de los hijos y descendientes en el **Código Civil** es de las dos terceras partes del caudal hereditario. El testador puede atribuir en su testamento a título de mejora a solo a los legítimos. El testador en Navarra está obligado a dejar como legítima nada. Se llaman **herederos forzosos** a los que obligan por la fuerza al testador a que los nombre herederos. En la ley de la nueva empresa, el socio testador puede dejar sus acciones a un extraño, con la obligación de pagar a los legitimarios. En la ley sobre discapacitados y dependientes, el testador puede dejar sus bienes a: disponer una sustitución fideicomisaria de todo o parte de la herencia a favor del discapacitado. En las donaciones, el donante puede revocar la donación si concurren determinados hechos. Son donaciones **remuneratorias** aquellas que se hacen por los servicios prestados al donante, con ciertos límites.

Derecho Objetivo y Subjetivo

El derecho en sentido objetivo hace referencia al conjunto de normas. Son características del derecho objetivo: la **generalidad**, la **imperatividad**, la **alteridad** y la **coercibilidad**. El derecho en sentido subjetivo es la facultad atribuida por la norma a un sujeto de poder exigir de otro una conducta correcta. El derecho en sentido subjetivo hace referencia a facultad o potestad. **Imperatividad** significa que el derecho manda. La **coercibilidad** es la posibilidad de imposición forzosa del derecho. **Alteridad** significa que la acción del derecho está dirigida a otro. Los actos de alteridad son los realizados por un sujeto con respecto de otro u otros. Cuando hablamos de derecho coactivo o imposición forzosa, nos estamos refiriendo a una fuerza que ejerce el Estado. Los elementos básicos del derecho subjetivo son: la facultad, obligación y la norma. El contenido del derecho subjetivo lo forman: la presentación y el disfrute. La correlación entre derecho y deber es absoluta y no tiene excepción alguna. Los **derechos reales** se ejercen frente a sujetos indeterminados. Los **derechos obligacionales** se ejercen frente a sujetos determinados. En los derechos de libertad, la voluntad del titular tiene escasa relevancia. En los derechos de modificación jurídica, la voluntad del titular alcanza el grado máximo. Se entiende por sujeto activo del derecho al titular del mismo que posee la facultad de disfrute. Son **personas jurídicas** las entidades de carácter supraindividual a las que el ordenamiento jurídico reconoce como posibles titulares de derechos y obligaciones. Quedan excluidos del objeto de los derechos subjetivos: el hombre, los derechos inherentes al sujeto, las realidades inaprensibles, las cosas fuera de comercio y las cosas comunes.

Norma Jurídica y Ordenamiento

Las normas jurídicas tienen un contenido de obligación, prohibición o permisión. Las normas jurídicas se rigen por el principio de imputación. Las normas jurídicas responden a la siguiente estructura: si es A, debe ser B. El supuesto jurídico es la hipótesis establecida en la norma. Se llama **fuentes formales del derecho** a los códigos en los que se recogen las normas jurídicas. Son fuentes materiales del derecho: las cámaras legislativas, autoridades administrativas y otros sujetos sociales. Son normas de organización las que determinan la estructura y funcionamiento del Estado y regulan los procedimientos de creación y aplicación normativa. Según el grado de imperatividad se distingue entre normas **taxativas** y normas **dispositivas**. Las normas interpretativas son normas de organización. Son normas procedimentales las que establecen los mecanismos de elaboración o aplicación de las normas. Son normas dispositivas aquellas que establecen una regulación aplicable cuando las partes no han estipulado otra regulación. Las normas consuetudinarias son las originadas mediante la costumbre jurídica. Las normas jurídicas están vigentes cuando han sido promulgadas. Según el **Código Civil Español**, las normas entran en vigor a los 20 días de su completa publicación en el BOE, salvo disposición contraria. El principio de irretroactividad de las normas supone que su regulación no se aplica a los hechos que sean anteriores a su entrada en vigor. Son caracteres del ordenamiento jurídico: la **unidad**, la **plenitud potencial** y la **coherencia**. Actualmente se entiende que un ordenamiento jurídico es pleno cuando, aun no conteniendo normas reguladoras para todos los supuestos planteados, incorpora otros medios para solucionar los conflictos jurídicos. Los vacíos o lagunas normativas se resuelven aplicando el criterio de jerarquía normativa. Existe antinomia jurídica cuando dos o más normas son contradictorias entre sí. Según el criterio de cronología normativa, la norma más moderna deroga a la más antigua.

Derechos Humanos

La justicia se identifica con los **derechos humanos**. Se establecen los gobiernos para garantizar los derechos. Los derechos humanos están reconocidos desde la **edad moderna**. Los derechos públicos subjetivos se refieren a derechos establecidos por el Estado. Los derechos morales son triunfos frente al Estado. Los derechos fundamentales son todos los que responden a las exigencias de la dignidad humana. Las manifestaciones que tienen que ver con la libertad de conciencia pueden pertenecer al ámbito de ambos. El **Defensor del Pueblo** es una institución supervisora de la actividad de la administración. Los derechos humanos son absolutos, según algunos autores, en tiempos pasados. Por derechos fundamentales debemos entender los derechos que se apoyan en la dignidad humana. Los derechos que forman parte del ordenamiento jurídico y tienen garantías reforzadas, suelen recibir el nombre de derechos fundamentales. Los derechos que corresponden a cada hombre y son previos al Estado, suelen recibir el nombre de derechos naturales. Las libertades públicas son derechos otorgados por el poder y recogidos en el derecho positivo. Los derechos morales son anteriores al Estado y a sus normas. De qué derechos se dice que están apoyados en los valores y, básicamente, en la dignidad humana, de los derechos morales. Cuando se sostiene que los derechos humanos tienen una naturaleza suprajurídica, ¿qué término suele usarse para nombrarlos? (Derechos naturales o derechos morales). Cuando se afirma que solo las leyes positivas pueden dar origen a los derechos, se es partidario de que los derechos humanos tienen una naturaleza jurídica. Los ciudadanos pueden acudir en queja contra su propio Estado, si entienden que han vulnerado sus derechos, ante el **Tribunal Europeo de Derechos Humanos**. El derecho a la libertad religiosa pertenece al ámbito privado. Se entiende que el derecho más radical y base de los demás derechos es el **derecho a la vida**.

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el derecho como hecho social se relaciona con dentro del derecho hereditario pueden establecerse dos grandes categorias: en la historia de los derechos antiguos ocupa una posición preeminente el codigo civil español conserva los derecho forales o regionales los contenidos que sistematizan en la actualidad el derecho civil, procede en su origen: los derechos que corresponden a cada hombre y son previos al estado, suelen recibier el nombre de las primitivas formas de actuar en juicio eran la llave que permite el inicio de un proceso es la accion judicial Normas taxativas y dispositivas tendencias estilistas culturales en derecho romano hablar de la justicia de una norma es expresion de fuentes del derecho en la epoca republicana incapacitados y dependientes testador dispone hacer una sustitucion fideicomisaria los derechos que corresponden a cada hombre y son previos al estado son derechos fundamentales que estudia fundamentalmente la ciencia del derecho? los derechos reales se ejercen frente a sujetos? determinados , la ciencia del derecho estudia fundamentalmente la norma juridica relacion entre hombre, estado, derecho objetivo, alteridad y coercibilidad la expresion no hay derecho se refiere al derecho objetivo la familia esta regulada por el codigo civil, la constitucion y leyes especiales los derechos que corresponden a cada hombre y son previos al estado el termino fuente se aplica en Derecho para designar los organos tendencias estilistas culturales: clasicismo y vulgarismo los contenidos que sistematizan el derecho civil proceden de TEMA 1 ORIGENES DEL DERECHO imperatividad significa que el derecho la ciencia del derecho estudia fundamentalmente la llave que permite el inicio de un proceso es naturaleza suprajuridica la constitucion romana en la epoca monarquica tenia los siguientes organos