Fundamentos del Derecho Comercial y Estructuras Societarias

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Capacidad y Requisitos del Comerciante

Existen limitaciones para ejercer el comercio:

  • Por incapacidad legal: (interdictos, quebrados y menores).
  • Por imposibilidad de hecho: (sordomudos, dementes, ausentes, personas por nacer).

Otros atributos fundamentales:

  • Ejercer por cuenta propia: Significa que los resultados de la actividad realizada le corresponden al comerciante, sean ganancias o pérdidas.
  • Profesión habitual: El comerciante utiliza su actividad como medio de vida.

Registro Público de Comercio

Así como los acontecimientos de la vida civil se anotan en el Registro Civil, los acontecimientos de la vida comercial se registran en el Registro Público de Comercio.

Definición de Sociedad

"Habrá sociedad comercial cuando dos o más personas, en forma organizada, conforme a uno de los tipos previstos por la ley, se obligan a realizar aportes para aplicarlos a la producción o intercambio de bienes y servicios, participando de los beneficios y soportando las pérdidas".

Tipos de Sociedades

  • Sociedad Civil: Persigue fin de lucro, pero no realiza actos de comercio (ej. clínica, estudio contable, etc.).
  • Sociedad Comercial: Persigue fin de lucro y realiza actos de comercio (ej. verdulería, perfumería, etc.).

Formas de Constitución de Sociedades Comerciales

Según la ley, se clasifican en:

  • Sociedad colectiva
  • Sociedad en comandita simple
  • Sociedad de hecho
  • Sociedad de capital e industria
  • Sociedad de responsabilidad limitada (S.R.L.)
  • Sociedad anónima (S.A.)
  • Sociedad anónima con participación estatal mayoritaria
  • Sociedad en comandita por acciones
  • Sociedad accidental

Características de los Principales Tipos Societarios

  • Sociedad Colectiva: Administrada por un socio, varios o un tercero. La responsabilidad es ilimitada, solidaria y subsidiaria. El capital no se divide en cuotas. Es una sociedad de personas. Se constituye por instrumento privado.
  • S.R.L. (Sociedad de Responsabilidad Limitada): Administrada por un gerente (socio o no). La responsabilidad está limitada al capital invertido. El capital se divide en cuotas. Es una sociedad de personas y de capital. Admite hasta 50 socios. Se constituye por instrumento público o privado.
  • Sociedad Anónima: Administrada por un directorio y/o gerentes. La responsabilidad está limitada al capital invertido. El capital se divide en acciones. Es una sociedad de capital. No tiene límite de socios. Se constituye por instrumento público.

Aportes de los Propietarios

Son los recursos netos que el único propietario o socio aporta al ente, pasando ellos por dicha razón a ser recursos de este. Los aportes se convierten en capital cuando...

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