Fundamentos de Deontología Jurídica y Ética Profesional

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La Ética del Profesionista

1.1. Antecedentes históricos

(Libro Deontología Jurídica, autor Bernardo Pérez Fernández del Castillo, Editorial Porrúa).

Deontología: Proviene de los vocablos griegos:

  • Deon: que significa “deber”.
  • Logos: que significa “razonamiento o ciencia”.

Según el economista, jurista, literato y filósofo inglés Jeremías Bentham, la deontología se refiere a los deberes que cada persona tiene consigo misma y con los demás.

Se define como el estudio del deber ser.

Según el Diccionario de la Real Academia Española, la deontología es la ciencia o tratado de los deberes.

Podemos definirla como la “ciencia que estudia el conjunto de deberes morales, éticos y jurídicos con que debe ejercerse una profesión liberal determinada”.

De acuerdo con el autor Bernardo Pérez Fernández del Castillo, es necesario añadir a la deontología los principios éticos y valores pertinentes en cada profesión, que permitan desempeñar nuestra labor con aceptación y honra sociales, tales como:

  • Lealtad
  • Justicia
  • Equidad
  • Verdad
  • Bien común, etc.

1.2. Conceptos básicos

Ética

Rama de la filosofía práctica que estudia el comportamiento del hombre en relación con el bien y el mal.

Moral

Estudia nuestra actuación cotidiana, reflexionando sobre el conjunto de normas autónomas e interiores que regulan, de acuerdo con la conciencia, nuestra actuación en relación con el bien y el mal.

Actos del hombre

Se llevan a cabo de manera automática y mecánica. Ejemplos: dormir, respirar, caminar. Son amorales, ya que no existe en ellos un juicio de valoración o libertad de acción.

Actos humanos

En ellos interviene la capacidad de reflexión del individuo, su inteligencia, su libertad y su voluntad. Ejemplos: trabajar, leer, escribir. Pueden ser buenos o malos, existe una conciencia moral del individuo y hay una libre decisión.

Normas

Regulan los actos humanos y nuestra conducta humana.

Tipos de normas:
  • Morales
  • Religiosas
  • Convencionales
  • Jurídicas

Características de las normas

Normas morales
  • Autónomas: La propia persona las establece.
  • Internas: Importa la intención.
  • Unilaterales: La propia persona determina si las cumple o no y nadie puede obligar a cumplirlas.
  • Incoercibles: La fuerza estatal no obliga a su cumplimiento.
Normas religiosas
  • Heterónomas: Dios las impone.
  • Internas: Importa la intención.
  • Unilaterales: La propia persona determina si las cumple o no y nadie puede obligar a cumplirlas.
  • Incoercibles: La fuerza estatal no obliga a su cumplimiento.
Normas convencionales
  • Heterónomas: Las impone la sociedad.
  • Externas: Importa la conducta exterior.
  • Unilaterales: La propia persona determina si las cumple o no y nadie puede obligar a cumplirlas.
  • Incoercibles: La fuerza estatal no obliga a su cumplimiento.
Normas jurídicas
  • Heterónomas: Las impone el Estado.
  • Externas: Lo que importa es el cumplimiento de la norma.
  • Bilaterales: Hay una persona facultada para exigir el cumplimiento.
  • Coercibles: El Estado puede sancionar su incumplimiento.

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