Fundamentos del Contrato de Trabajo y Normativa Laboral en España
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El Contrato de Trabajo
Para que una relación sea considerada laboral, debe cumplir con las siguientes características fundamentales:
- CA (Ajenidad): El trabajador cobra un salario fijo independientemente de si la empresa obtiene beneficios o pérdidas.
- RE (Retribución): El objetivo es obtener un beneficio económico.
- DE (Dependencia): El trabajador presta sus servicios dentro del ámbito de organización y dirección del empresario.
- PE (Personalísima): Es el propio trabajador el que debe acudir a trabajar; no puede mandar a nadie en su lugar.
- VO (Voluntariedad): Nadie está obligado a firmar un contrato de trabajo; es una decisión libre.
Relaciones Excluidas
Quedan fuera del ámbito del Derecho del Trabajo las siguientes situaciones:
- La relación de servicio de los funcionarios públicos.
- Las prestaciones personales obligatorias.
- Los trabajos benévolos, amistosos y de buena vecindad.
- Los trabajos familiares, salvo que se demuestre la condición de asalariados de quienes los llevan a cabo.
- Personal de alta dirección (directivos y gerentes de empresas).
Relaciones Laborales Especiales
Son aquellas que, por sus características, requieren una regulación específica:
- Empleados al servicio del hogar familiar (personal de limpieza, cuidadores, jardineros, etc.).
- Penados en las instituciones penitenciarias.
- Deportistas profesionales.
- Artistas en espectáculos públicos.
- Médicos Internos Residentes (MIR).
- Abogados en despachos profesionales.
Jerarquía de las Normas Laborales
La jerarquía normativa en el ámbito laboral puede estructurarse de dos formas:
- Estática-común: Sigue el orden de prevalencia legal: Unión Europea (EU) > Constitución Española > Convenios Internacionales > Leyes > Reglamentos > Convenios Colectivos > Contratos de Trabajo > Usos y Costumbres.
- Dinámica: Se utiliza para aplicar las normas del derecho del trabajo teniendo en cuenta otros principios protectores.
Aplicación de las Normas Laborales
Principio de Norma Mínima
Las normas de rango inferior no pueden empeorar las condiciones de trabajo establecidas en las de rango superior, pero sí pueden mejorarlas.
Principio de Norma más Favorable
Cuando existan dos o más normas aplicables a un caso, se aplicará la norma más favorable en su conjunto para el trabajador, con independencia de cuál sea su rango jerárquico.
Principio de Irrenunciabilidad de Derechos
Los trabajadores no pueden renunciar válidamente a los derechos reconocidos por normas legales o convenios colectivos (por ejemplo: vacaciones o salario).
Principio de Condición más Beneficiosa
Si en el contrato se pacta una condición más beneficiosa para el trabajador que la que dictan las leyes o el convenio, se aplica la más beneficiosa (ejemplo: la Cesta de Navidad).
Elementos y Forma del Contrato de Trabajo
- Consentimiento: Voluntariedad de las partes a consecuencia de una oferta de empleo y aceptación por parte del trabajador. Es nulo todo consentimiento prestado por error, violencia, intimidación o dolo.
- Objeto: Prestación retribuida, que comprende la prestación del trabajador y la contraprestación salarial del empresario.
- Causa: La remuneración por los bienes y servicios prestados.
Cláusulas Contractuales Adicionales
Pacto de Plena Dedicación
Puede pactarse que el trabajador no podrá trabajar para diversos empresarios (evitando el pluriempleo).
Pacto sobre el Lugar de Trabajo
Puede establecerse un pacto sobre el lugar donde prestará sus servicios el trabajador y sobre la movilidad geográfica de este.
Pacto de Disfrute y Régimen de las Vacaciones
Se pueden incluir el modo y el tiempo de disfrute de las vacaciones (por semanas, por quincenas, en julio, en enero, etc.).
Pacto de Confidencialidad
Existe un deber general de secreto sobre los asuntos relativos a la empresa exigible a todos los trabajadores, aunque no se haya pactado expresamente.
Pacto sobre Pagas Extraordinarias
Se puede incluir el pacto de prorratear el cobro de las gratificaciones extraordinarias en las doce mensualidades si el convenio lo permite. Pueden pactarse otras pagas extraordinarias adicionales a las dos que marca el Estatuto de los Trabajadores, y también la cuantía de estas, mejorando lo que marca el convenio.
El Periodo de Prueba
El periodo de prueba debe concertarse siempre por escrito. Los límites de duración suelen ser:
- Técnicos titulados: 6 meses.
- Demás trabajadores: 2 meses.
- Contratos en prácticas: 2 meses para Grado Superior (GS) y 1 mes para Grado Medio (GM).
- Contrato indefinido de apoyo a emprendedores: 1 año.
- Contratos temporales de hasta seis meses: 1 mes máximo.
Gestión de la Contratación Laboral
El proceso administrativo de contratación incluye:
- Afiliación y alta de trabajadores: Debe realizarse antes del inicio de la actividad laboral y a través del sistema RED.
- Comunicación del contrato: Se debe enviar el contrato y su copia básica al SEPE (oficinas de empleo) en un plazo de 10 días hábiles.
- Información a los representantes de los trabajadores: Se les debe entregar una copia básica en un plazo de 10 días.
- Información a los trabajadores: Sobre los elementos esenciales del contrato y las condiciones de trabajo en un plazo máximo de 2 meses.