Fundamentos de la Competencia Judicial y Partes Procesales: Conceptos Clave

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Factores de Competencia

La competencia se determina mediante los siguientes criterios:

  • La materia: Puede ser civil, mercantil, laboral, penal, constitucional, etc.
  • La cuantía: El valor jurídico o económico de la relación u objeto litigioso.
  • El grado: Puede ser en única, primera o segunda instancia.
  • El territorio: Lugar donde se produjo el hecho que motiva el juicio.

Clases de Competencia

  • La genérica o "jurisdicción": Criterio mediante el cual se establece una parcelación del ordenamiento jurídico en diversas ramas.
  • La objetiva: Distribución entre los órganos jurisdiccionales de un mismo orden, en atención a la naturaleza de la pretensión procesal que constituye el objeto de cada proceso.
  • La competencia funcional: Criterio que determina a qué órgano jurisdiccional corresponde conocer y decidir los incidentes y recursos que se presentan en el proceso.
  • La competencia territorial: Criterio que determina la circunscripción territorial.

Principios de la Competencia

  • La Garantía de Fijeza: Radicado con arreglo a la ley el conocimiento de un negocio ante un tribunal competente, no se alterará esta competencia por causa sobreviniente.
  • La Regla de Grado: Queda igualmente fijada la del tribunal superior que debe conocer del asunto en segunda instancia.
  • El Principio de la Extensión: El tribunal que es competente para conocer de un asunto, lo es igualmente para conocer de todas las incidencias que en él se promuevan.
  • El Principio de Inexcusabilidad: Los tribunales no podrán excusarse del conocimiento bajo el pretexto de haber otros tribunales que puedan conocer del mismo asunto.
  • El Principio de Prevención: El que haya prevenido en el conocimiento excluye a los demás, los cuales cesan desde entonces de ser competentes.
  • La Regla de Ejecución: Corresponde a los tribunales que hubieren pronunciado la resolución en primera o única instancia.

Las Partes Procesales

Dualidad de Partes y Capacidad

Requisitos para ser titular de un proceso:

  • Persona física.
  • Persona jurídica.
  • Entes sin personalidad jurídica.
  • Uniones sin personalidad.
  • Entidades habilitadas conforme a la UE.

Legitimación

Se clasifica en:

  • Ordinaria.
  • Extraordinaria de interés privado.
  • Extraordinaria de interés supraindividual.
  • De personas públicas.

El Actor o Demandante

Incluye la sucesión, el litisconsorcio y terceros que pueden acudir al proceso mediante:

  • a) Representación técnica procesal: Libre contratación, no siempre obligatoria, poder general o especial, y funciones de representación.
  • b) Defensa técnica.

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